IMPUTADO: GUILLERMO ALEJANDRO NEIRA GONZALEZ
Rol
Fecha
21 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En causa RUC N°2200788395-5 y RIT N°38-2024, del ingreso del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, correspondiente al Rol 1006-2024 de esta Corte, se ha interpuesto recurso de nulidad por el Defensor Penal Particular, abogado Francisco Garcia Retamal, en contra de la sentencia definitiva de 24 de abril del año en curso, dictada por una sala del tribunal indicado, por medio de la cual, junto con absolverlo de dos cargos como autor de robo con intimidación, condenó al acusado Guillermo Alejandro Neira Gonzalez a sufrir la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de un delito consumado de ROBO CON VIOLENCIA, cometido en la comuna de Talcahuano el 23 de julio de 2022; a cumplir la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, en calidad de autor del delito consumado de Tráfico de Sustancias Estupefacientes o Psicotrópicas, En Pequeñas Cantidades, perpetrado el día 18 de enero de 2023, en la comuna de Talcahuano; y a cumplir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, más una MULTA de Dos Unidades Tributarias Mensuales, en calidad de autor del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, cometido en la comuna de Talcahuano, el día 18 de enero de 2023, todo ello más las respectivas penas accesorias. Atendida la extensión de las penas, y no reuniéndose los requisitos que exige la Ley 18.216, no se le impuso al sentenciado Neira González ninguna de las penas sustitutivas contempladas en dicha ley, por lo que, en consecuencia, habrá de cumplir efectivamente las penas temporales que se le han impuesto. El recurso predicho fue declarado admisible por esta Corte, habiéndose procedido a su vista en audiencia, a la que asistieron y alegaron tanto el abogado del recurrente como el representante del Ministerio Público, fijándose para la lectura del fallo la audiencia del día de hoy.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en el citado recurso la defensa del acusado solicita la nulidad de la sentencia condenatoria y del juicio oral en que recayó, en virtud de la causal prevista en el artículo 374 letra e), en relación con el artículo 342 letra c) y artículo 297, todos del Código Procesal Penal. En síntesis, hace consistir su recurso en que el
Fallo
fallo la audiencia del día de hoy. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en el citado recurso la defensa del acusado solicita la nulidad de la sentencia condenatoria y del juicio oral en que recayó, en virtud de la causal prevista en el artículo 374 letra e), en relación con el artículo 342 letra c) y artículo 297, todos del Código Procesal Penal. En síntesis, hace consistir su recurso en que el fallo impugnado no cumple con los requisitos del artículo 342 letra c) en relación con el artículo 297, ambos del Código Procesal Penal, en cuanto al deber de fundamentación. Sostiene que la sentencia no se hace cargo de forma lógica y de acuerdo a las máximas de experiencia de la prueba incorporada y su contenido. Para justificarlo señala que, en cuanto a la descripción del acusado por las víctimas, “En la denuncia formulada, no hay ninguna descripción física o rasgo de los sujetos que participan en el hecho”; en cuanto a la declaración posterior de la víctima, el mismo día del reconocimiento, “que indica que el imputado, refiriéndose al que lo toma por detrás, era muy alto, era el más alto de todos los partícipes, mínimo 1.80 o más. Quedo establecido en el juicio, por la declaración del testigo Anguita, que en ningún caso mi representado media 1.80 o más, muy por el contrario tenía una estatura menor a la de la víctima, respecto a este punto la víctima indico que estaba seguro de ello por que lo tuvo de frente. Tampoco se hace cargo sobre estos puntos los sentenciadores, quienes indican que
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C.A. de Concepción Luc Concepción, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. VISTO: En causa RUC N°2200788395-5 y RIT N°38-2024, del ingreso del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, correspondiente al Rol 1006-2024 de esta Corte, se ha interpuesto recurso de nulidad por el Defensor Penal Particular, abogado Francisco Garcia Retamal, en contra de la sentencia definitiva de 24 de abr
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