GALLARDO/POBLETE
Rol
Fecha
21 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
hechos ocurrido el día 07 de mayo del año 2023 los que, a juicio del ente persecutor, constituirían el delito de secuestro, previsto y sancionado en el artículo 141 del Código Penal. Hace presente que, al momento de los hechos narrados por el persecutor, su representado se encontraba privado de libertad en calidad de condenado, en módulo F, Comuneros Mapuche, del CCP de Angol. Luego de ocurridos los hechos del día 07 de mayo, Gendarmería de Chile toma la decisión de trasladar de unidad penal a gran parte de los habitantes del módulo F, entre los cuales se incluyó a su representado, y en definitiva, fue ubicado en el CDP de Temuco. Que, luego de presentada la acusación por el Ministerio Público, y con la finalidad de mantener comunicación directa con sus representados en forma conjunta, haciendo presente que él representa a cinco imputados en la causa, solicitó al Juzgado de Garantía de Angol la citación a una audiencia en la cual se debatiría la cautela de garantías a favor de su representado, la que tenía por finalidad se dispusiera su traslado al CCP de Angol. El tribunal A quo, accediendo a la petición de la defensa, cita a los intervinientes a audiencia, la que se realiza el día 27 de mayo. En la resolución que cita a dicha audiencia, el tribunal ordena a Gendarmería de Chile, Departamento de Control Penitenciario, emitir informe respecto de la factibilidad del traspaso de unidad penal. Con fecha 10 de mayo de 2024, se incorpora a la causa el Oficio 1141/2024, emitido por don Alberto Figueroa Quezada, Coronel, Director Regional de Gendarmería, por medio del cual emite el informe requerido en la resolución señalada. En dicho oficio, el Sr. Figueroa Quezada comparece en su calidad de Director Regional de Gendarmería, sin señalar otra calidad o delegación de facultades, haciendo caso omiso a la orden impartida por el Juzgado de Garantía de Angol, ya que se ordenó que el informe requerido fuese evacuado por el Departamento de Control Penitenciario de Gendarmer
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE SU RECURSO DE HECHO SON: I. FALTA DE LEGITIMACION ACTIVA PARA APELAR pues quien presenta el recurso de apelación es don Alberto Figueroa Quezada, en cargo de Director Regional de Gendarmería. Hace presente que en dicho escrito se expresa, en el párrafo 2 del punto II, que: “La Resolución dictada en estos autos, causa agravio a Gendarmería de Chile, ya que impide ejecutar el mandato legal que el ordenamiento jurídico le otorga a nuestra Institución señalado entre otras normas en el Art. 3° del Decreto Ley N° 2.859 de 1979 Ley Orgánica de Gendarmería de Chile….” De lo anterior se colige que la acción intentada se realiza en cuanto a su función de representante de Gendarmería de Chile en la Región de la Araucanía, y no en otra calidad. Hace presente las normas legales aplicables a la especie: A) D.L. No 2858 que FIJA LEY ORGANICA DE GENDARMERIA DE CHILE, establece las siguientes normas legales, pertinentes a lo analizado: “Artículo 1°.- Gendarmería de Chile es un Servicio Público dependiente del Ministerio de Justicia, que tiene por finalidad atender, vigilar y contribuir a la reinserción social de las personas que por resolución de autoridades competentes, fueren detenidas o privadas de libertad y cumplir las demás funciones que le señale la ley. Artículo 3°.- Corresponde a Gendarmería de Chile: b) Cumplir resoluciones emanadas de autoridad competente, relativas al ingreso y a la libertad de las personas sometidas a su guarda, sin que le corresponda calificar el fundamento, justicia o legalidad de tales requerimientos;” B) Código Procesal Penal: “Artículo 12.- Intervinientes. Para los efectos regulados en este Código, se considerará intervinientes en el procedimiento al fiscal, al imputado, al defensor, a la víctima y al querellante, desde que realizaren cualquier actuación procesal o desde el momento en que la ley les permitiere ejercer facultades determinadas. Artículo 352.- Facultad de recurrir. Podrán recurrir en contra de las resoluciones judiciales el ministerio público y los demás intervinientes agraviados por ellas, sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos en la ley.” De la relación integral y armónica de las normas legales citadas, se desprenden las siguientes conclusiones: a) Que Gendarmería de Chile en un servicio público dependiente del Ministerio de Justicia, por lo tanto, conforme lo razona el Código Orgánico de Tribunales, es un órgano auxiliar de la acción de la justicia. b) Que Gendarmería de Chile debe cumplir las resoluciones judiciales, sin que le corresponda calificar el fundamento, justicia o legalidad de tales requerimientos. c) Que, conforme lo establece el Artículo 12 del Código Procesal Penal, Gendarmería de Chile no es interviniente en el proceso penal. d) Que, al no tener la calidad de interviniente en el proceso penal, conforme a lo establecido en el Artículo 352 del Código Procesal Penal, Gendarmería de Chile no puede recurrir en contra de las resoluciones judiciales. II.- IMP
Fallo
se declara que SE ACOGE el recurso de hecho deducido, con fecha 31 de mayo de 2024, por don Juan Gallardo Araya, Defensor Penal Público, en los autos Rol Penal 839-2023, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Angol, que concedió recurso de apelación que incide en el rol de ingreso penal 1027-2024, de esta Corte, y en su lugar, se declara inadmisible el referido recurso. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción de la ministra María Georgina Gutiérrez Aravena. Déjese constancia en el rol N°Penal-1027-2024. N°Penal-1031-2024. (cwm)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. Comparece JUAN GALLARDO ARAYA, Abogado, Defensor Penal Mapuche, con domicilio en calle Arturo Prat 089, Temuco, en representación de don JUAN PATRICIO QUEIPUL MILLANAO, en relación con los autos criminales seguidos en su contra ante el Juzgado de Garantía de Angol, causa RIT 839-2023, RUC 2310023133-6, quien conforme lo autoriza el
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica