SIN INFORMACION

/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

21 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 18 de junio del presente año comparecen Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, ambos abogados, interponiendo Recurso de Amparo en favor de DAVID ALEJANDRO ROSAS, de 26 años, empresario, de nacionalidad boliviana, cédula de identidad para extranjeros N°26.818.956-4, domiciliado para estos efectos en calle Diez Oriente, Casa 1831, Talca y, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, Sociólogo, por la Resolución Exenta N°3.891 de fecha 29 de enero de 2024 que rechaza solicitud de residencia temporal y dispone abandono del país en un plazo de 5 días, constituyendo dicha resolución una vulneración a su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Refiere el recurrente, en síntesis, que el amparado ingresó al país en calidad de turista y, estando dentro del territorio, cambia su condición migratoria a residente por visa temporal que le fue otorgada. Posteriormente, solicita el 27 de marzo de 2022 la residencia temporal, todo ello con el propósito de continuar estableciéndose y desarrollar su proyecto de vida junto a su familia en Chile. Es en el anterior contexto que el 5 de enero de 2024 recibió la notificación del rechazo de su solicitud, otorgándosele 10 días para presentar antecedentes referentes a la causal invocada por la autoridad, afirmando que cumplió con ello dentro del plazo indicado. Sin perjuicio de lo antes mencionado, el 29 de enero de 2024 el amparado fue notificado de la Resolución Exenta N°3.891 de 29 de enero de 2024, la cual rechaza solicitud de residencia temporal y dispone el abandono del país en un plazo de 5 días, en atención a que “…no cumple con los requisitos que lo habilitan para residir en el país ya que registra antecedentes negativos en Chile, específicamente delito de Amenazas y de lesiones en contexto de violencia intrafamiliar, en causa RUC: 2300380745-2, RIT: 2043-2023 de

Fundamentos

fundamentos de la resolución exenta N° 3891 de 29 de enero de 2024 no son tales, ya que las dos primeras causas penales mencionadas se encuentran terminadas, y aquella sobre lesiones y amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, se dictó sentencia absolutoria a favor del amparado, por lo que en la actualidad el mismo no registra reproches penales en nuestro país. En este escenario, la resolución que motiva el presente amparo resulta arbitraria e ilegal, desde que no existe impedimento para que el amparado resida en nuestro país.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto por Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, ambos abogados, en favor de DAVID ALEJANDRO ROSAS, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°3.891 de 29 de enero de 2024, dictada por la recurrida, debiendo ésta emitir un nuevo pronunciamiento, a la luz de los nuevos antecedentes acompañados con ocasión de la presente acción constitucional. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y en su oportunidad archívese. Rol 298-2024/Amparo. EDA/eda

Texto Completo (Preview)

Talca, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 18 de junio del presente año comparecen Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, ambos abogados, interponiendo Recurso de Amparo en favor de DAVID ALEJANDRO ROSAS, de 26 años, empresario, de nacionalidad boliviana, cédula de identidad para extranjeros N°26.818.956-4, domiciliado para estos efectos e

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