JOACHIM/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
19 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en representación de Dieula Joachim, de nacionalidad haitiana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, denunciando como acto ilegal y arbitrario la falta de pronunciamiento respecto a su solicitud de permanencia definitiva, con vulneración de la garantía prevista en el numeral 2° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el 9 de septiembre de 2022, el recurrente presentó una solicitud de residencia definitiva, habiendo transcurrido más de un año y cuatro meses sin que el Servicio recurrido se pronuncie de la solicitud, en circunstancias que las solicitudes de otras personas en similar situación ya han sido resueltas. Sostiene que la demora injustificada y excesiva, mantiene a la parte recurrente en un estado de incertidumbre e intranquilidad, debiendo requerir periódicamente el certificado de ampliación de solicitud de permanencia definitiva en trámite. Estima que en la especie se ha vulnerado la igualdad ante la ley, así como los principios que informan el procedimiento administrativo. Previas citas legales, solicita que se acoja el recurso, ordenando al Servicio recurrido que emita a la brevedad el acto administrativo terminal del proceso administrativo de residencia definitiva de la recurrente. SEGUNDO: Que evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. En primer lugar, opone la excepción de falta de legitimación pasiva, ya que el presente recurso de protección se dirige en contra del Servicio Nacional de Migraciones, pero la supuesta acción u omisión que se considera ilegal o arbitraria emana de terceros indeterminados. En subsidio, y en cuanto al fondo, solicita el rechazo del recurso, por improcedente, al no existir actos u omisiones de la autoridad que puedan ser calificados de arbitrarios o ilegales y que atenten contra las garantías consagradas en el
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, también con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, y del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza el recurso deducido en favor de Dieula Joachim y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Se previene que el Ministro Suplente Sr. Valderrama Martínez, concurre al rechazo de la acción constitucional de protección en análisis, teniendo presente para ello que la solicitud formulada por el actor se encuentra en actual tramitación ante la Autoridad Administrativa, correspondiendo ello a una fase previa a la decisión de la misma, en la que por cierto se deben recabar los antecedentes necesarios para adoptar un pronunciamiento fundado, siendo por ende razonable el plazo por el que se ha extendido tal proceso, además de mantener el recurrente residencia regular en el país, no vislumbrándose en consecuencia, la existencia de acto u omisión alguna atribuible a la parte recurrida que tenga la aptitud de afectar las garantías fundamentales que el actor denuncia como conculcadas en su arbitrio. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-354-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en representación de Dieula Joachim, de nacionalidad haitiana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, denunciando como acto ilegal y arbitrario la falta de pronunciamiento respecto a su solicitu
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