1ER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUERTO MONTT

EMSERVICES SPA CON RIVERA GALLARDO, ESTEBAN FRANCISCO Y OTRO

Rol

Fecha

19 de junio de 2024

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes y, compartiendo lo expuesto del juez a quo, en relación con los rubros por los cuales se acogió la demanda de indemnización de perjuicios, toda vez que ellos encuentran correlato en la prueba rendida en juicio, específicamente aquellas contenida a fojas 28, 29 y 30, en armonía con la dinámica del accidente relatada en el parte policial y las fotografías acompañadas a la misma, además de la prueba testimonial. Por último, se considera que el concepto de indemnización por desvalorización del vehículo se infiere a partir de las características del vehículo, a partir de los anteriores elementos probatorios referidos, así como del certificado del Registro de Vehículos Motorizados acompañado, el que indica la marca, modelo, tipo y año del mismo, razones por las que se confirma la sentencia del treinta de diciembre de dos mil veintidós, pronunciada por el juez del Juzgado de Policía Local de Puerto Montt, don Alejandro Ibáñez Contreras, que acogió la querella infraccional contra Esteban Francisco Rivera Gallardo condenándolo al pago de una multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales e, igualmente, acogió la demanda de indemnización de perjuicios contra Esteban Francisco Rivera Gallardo y Óscar Bernardo Bartsch Bórquez, condenándolos solidariamente al pago de una indemnización de perjuicios por concepto de daño emergente y depreciación por $1.844.628 y $500.000 respectivamente. Devuélvase. Rol Policía Local N° 143-2023.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diecinueve de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: El mérito de los antecedentes y, compartiendo lo expuesto del juez a quo, en relación con los rubros por los cuales se acogió la demanda de indemnización de perjuicios, toda vez que ellos encuentran correlato en la prueba rendida en juicio, específicamente aquellas contenida a fojas 28, 29 y 30, en armonía con la dinámica del acci

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