RODRIGUEZ BERRIOS JAIME ANDRES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
19 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, recurrió de amparo constitucional Juan Vallejos Parra, abogado, en favor de los intereses de Jaime Andrés Rodríguez Berrios recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al primer semestre del año 2024- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indicó que la decisión de la Comisión no se ajustó a derecho, por cuanto el amparado cumple a cabalidad con todos los requisitos objetivos exigidos por el artículo 2 y 3 del Decreto Ley Nº 321 y artículo 14 del Decreto Supremo 2442. Explicó que actualmente el amparado ha cumplido con la mitad de la condena que se le impuso por sentencia, ha observado una conducta intachable, ha aprendido un oficio y ha asistido con regularidad y provecho a la escuela del establecimiento. Previas citas constitucionales y legales, solicita que se acoja el recurso adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y disponer que se deje sin efecto la resolución recurrida, decretando en su lugar que se concede el beneficio de libertad condicional al amparado. Segundo: Que evacuó informe la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, Ministra señora Sandra Araya Naranjo, señalando, en síntesis, que por resolución de fecha veintiséis de abril pasado, se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado mantiene conducta intachable durante los bimestres anteriores y cumple el tiempo mínimo de condena, la misma documentación otorgada por Gendarmería de Chile, da cuenta de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el benefici
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Jaime Andrés Rodríguez Berrios y en contra de la resolución de veintiséis de abril de dos mil veinticuatro de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese si no se apelare. N°Amparo-1664-2024. En Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que, recurrió de amparo constitucional Juan Vallejos Parra, abogado, en favor de los intereses de Jaime Andrés Rodríguez Berrios recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber
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