SIN INFORMACION

BOCAZ JANA CARLOS /4° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

18 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: Primero: Que, comparece Pedro Andrés Court Spikin, abogado, en representación del querellado, don Carlos Bocaz Jana, y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 17 de mayo de 2024, pronunciada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RUC 2110029463-7, RIT 6937-2021, que declaró admisible la apelación del querellante respecto de la resolución de 13 de mayo de 2024 que no dio lugar a la reapertura de la investigación. El recurrente estima que el recurso de apelación deducido es improcedentes puesto que, el artículo 370 del Código Procesal Penal establece que sólo son apelables las resoluciones que pongan término al procedimiento, hagan imposible su prosecución o la suspendan por más de treinta días, y cuando la ley lo señale expresamente. En este caso, no existe una norma expresa que conceda el recurso de apelación. Cita la resolución de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago en causa Rol 53-2018 Penal, del 8 de febrero de 2022, que resolvió un caso similar, rechazando el recurso de hecho interpuesto en contra de la inadmisibilidad de un recurso de apelación que buscaba la reapertura de una investigación. Concluye solicitando que se tenga por deducido el presente recurso de hecho y, en consecuencia, declare la inadmisibilidad del recurso de apelación interpuesto por la parte querellante. Segundo: Que el artículo 370 del Código Procesal Penal dispone “Resoluciones apelables. Las resoluciones dictadas por el juez de garantía serán apelables en los siguientes casos: a) Cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días, y b) Cuando la ley lo señalare expresamente.” Tercero: Que, en el caso sub lite lo que en la práctica y jurídicamente provocó el término del procedimiento fue la comunicación del Ministerio Público de su decisión de no perseverar en la investigación, no así la resolución del tribunal que previamente desestimó la petición de reapertura d

Fallo

Por estas consideraciones, se acoge el recurso de hecho presentado por doña Pedro Andrés Court Spikin, abogada, en representación del querellado, en contra la resolución dictada con fecha 17 de mayo de 2024, pronunciada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RUC 2110029463-7, RIT 6937-2021, que concedió la apelación interpuesta por la parte querellante respecto de aquella dictada con fecha 13 de mayo de 2024, consecuentemente, se declara inadmisible dicho recurso. Consecuentemente, déjese sin efecto el ingreso computacional de esta Corte de la apelación correspondiente. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° Reforma Procesal Penal (Hecho) 3001-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Primero: Que, comparece Pedro Andrés Court Spikin, abogado, en representación del querellado, don Carlos Bocaz Jana, y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 17 de mayo de 2024, pronunciada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RUC 2110029463-7, RIT 6937-2021, que declaró admisibl

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