ARRIAGADA/SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA
Rol
Fecha
18 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Gonzalo Malagueño Sepúlveda, abogado, e interpone recurso de protección en favor de don Alfredo Bernardo Arriagada Guital y en contra del Servicio Nacional de Geología y Minería, por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en la dictación de la Resolución Exenta RA N° 249/201/2023, mediante la cual se puso término anticipado a su contrata como Director Regional de Arica y Parinacota de dicha repartición pública, por pérdida de confianza, al no presentar renuncia a su designación cuando le fuera requerida, decisión que, a su juicio, vulnera las garantías contempladas en los N°s. 2, 16, y 24, del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Fundando el recurso señala que asumió la Dirección Regional del SERNAGEOMIN en la Región de Arica y Parinacota el 15 de mayo de 2018, gestión durante la cual logró certificar la regional en norma ISO 9001 2015, cumplió las metas de evaluación de proyectos de pequeña minería, atendió satisfactoriamente la constitución de propiedad minera, realizó más de 156 fiscalizaciones a la industria minera, formó un equipo competente, implementó mesas de buen trato y no discriminación de género, y obtuvo la certificación de Experto en Seguridad de la Industria Extractiva Minera. Continúa narrando que, a fines de 2021, fue diagnosticado con un tumor cerebral (Glioma grado 2) por lo que se sometió a una intervención quirúrgica, sufriendo posteriormente un accidente cerebrovascular que lo mantuvo con una licencia médica prolongada hasta el 2 de febrero de 2023. Luego, continuó con una licencia médica de media jornada. A su reintegro, cumplió cabalmente con su trabajo sin observaciones, obteniendo renovación de su contrata hasta diciembre 2023 y una evaluación de excelencia. Apunta que el 30 de junio de 2023 recibió una solicitud de renuncia por "pérdida de confianza", la que él respondió poniendo de relieve la ilegalidad de dicha petición, y haciendo presente que aún se encontraba con licencia médica parcial y que su contrata había sido renovada hasta el final de dicha anualidad. Luego, el 5 de julio de ese año fue notificado de su destitución por "pérdida de confianza" y por "no ser necesarios sus servicios", a pesar de no tener observaciones negativas y tener su contrata prorrogada. Afirma que la Dirección Nacional y la Jefatura del Departamento de las Personas del servicio recurrido lo acosaron para obtener su renuncia, lo que generó un retroceso en su estado de salud, y lo obligó a retomar la licencia total, pese a haberse previsto que, de continuar su evolución médica en los mismos términos que antes de estos hechos, podría reintegrarse totalmente en diciembre de 2023. Agrega que fue eliminado de la nómina de beneficiarios del seguro de salud, causándole perjuicio económico, al no poder cubrir sus medicamentos. Observa que el 18 de julio de 2023, interpuso un recurso de reclamación ante la Contraloría General de la República debido al término anticipado
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado que rige la materia SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Alfredo Bernardo Arriagada Guital en contra del Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol N° 456-2024. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por el Ministro suplente señor Fernando Guzmán Fuenzalida y el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. Santiago, dieciocho de junio de dos mil veinticuatro. Proveyendo los escritos folios 20 y 21: a todo, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Gonzalo Malagueño Sepúlveda, abogado, e interpone recurso de protección en favor de don Alfredo Bernardo Arriagada Guital y en contra del Servicio Nacional de Geología y Minería, por el acto que estima ilegal y
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