ANONIMIZADO
Rol
Fecha
18 de junio de 2024
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido que el Ministerio Público ejerció la acción penal pública en cumplimiento del mandato constitucional y legal como detentador exclusivo de la misma, en base a múltiples denuncias y conflictos que enfrentaba la supuesta víctima formulados en la investigación, se concluye que no efectuó ejercicio desproporcionado ni arbitrario de la persecución penal, menos aún si la absolución resuelta por el tribunal no se basó en la carencia absoluta de prueba, sino en la insuficiencia de la misma para superar la duda razonable, todo lo cual justifica eximir la condena en costas impuesta en la sentencia, en los términos del...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, dieciocho de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido que el Ministerio Público ejerció la acción penal pública en cumplimiento del mandato constitucional y legal como detentador exclusivo de la misma, en base a múltiples denuncias y conflictos que enfrentaba la supuesta víctima formulados en la investigación, se concluye que no efectuó ejercicio desproporcionado
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