SIN INFORMACION

MARIE GERVAIS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

18 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, se recurre de amparo en favor de Marie Jouselie Gervais, haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal, conculcatorio de los derechos consagrados en el numeral 7° del artículo 19 del Constitución Política de la República que importaría la dictación de la Resolución Exenta N° 858-2021 de 19 de enero de 2021, de la entonces Intendencia de Tarapacá, notificada el 3 de junio del presente año, que dispuso su expulsión del territorio nacional, solicitando que la misma se deje sin efecto. Expone como antecedentes que ingresó al país el año 2020 por paso no habilitado, y actualmente reside con su esposo Jean Wilson Dorilas en la ciudad de Quillota. Señala que se autodenunció por ingreso ilegal, y luego, el 3 de junio del presente año, se le notificó su expulsión. Señala que tiene arraigo familiar, y que la resolución en comentario, que dispone la referida sanción es ilegal, desde que se basa en normas legales actualmente derogadas, contenidas en el D.L. N° 1.094 del año 1975, y por de pronto dictada en contravención a las mismas normas, desde que no ha sido precedida de un proceso legalmente tramitado con una condena en su contra por el entonces delito de ingreso ilegal, lo que conculca su libertad de desplazamiento. A folio 4, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, haciendo presente que la extranjera ingresó al país por paso no habilitado, y fue expulsada mediante Resolución Exenta N° 858 de 19 de enero de 2021, del entonces Intendente de Tarapacá, notificada el 3 de junio del presente año. Señala que dicha medida ha sido dispuesta en conformidad a los artículos 15 y 17 del D.L. N° 1.094, por lo que no existe ilegalidad o arbitrariedad alguna en su actuación, señalando, por de pronto, que la acción de amparo no resulta la vía idónea para la impugnación de la medida sancionatoria. A folio 7, informa la Prefectura Provincial Valparaíso de la Policía de Investigacione

Fundamentos

considerando: Primero: Que, mediante el presente arbitrio, se ataca de ilegalidad la Resolución Exenta N° 858-2021 de 19 de enero de 2021, de la entonces Intendencia de Tarapacá, que dispuso su expulsión del territorio nacional de la amparada. Segundo: Que, tal como señala la recurrida, la medida en comentario fue tomada, a la sazón, en conformidad a los artículos 15 y 17 del hoy derogado D.L. N° 1.094, en consideración que, a la fecha de los hechos, el ingreso clandestino al territorio nacional constituía un delito conforme al artículo 69 del cuerpo legal citado. Tercero: Que, ahora bien, la situación descrita es diferente bajo la égida de la Ley N° 21.325, desde que su artículo 32 N° 3, dispone la prohibición de ingreso al país de los extranjeros que lo hayan hecho por paso no habilitado, lo que constituye una mera sanción administrativa, habiendo perdido entonces, dicho acto, la naturaleza delictiva que en la antigua ley se le atribuía. Cuarto: Que, conforme a lo preceptuado en el artículo 12 de la Ley N° 21.325 “los derechos reconocidos en esta ley serán interpretados según la norma más amplia o extensiva. A su vez, cuando se trate de restringir o suspender derechos se interpretará de acuerdo a la norma más restrictiva,” en el denominado principio pro homine. Quinto: Que, conforme a lo anterior, debe tenerse presente que, no teniendo la expulsión atacada parangón legal en la nueva ley de migraciones, desde que ella ya no constituye delito, que habilitaba a la autoridad para decretar la expulsión, lo cierto es que la sanción aplicada ha devenido en ilegal, por inexistencia de la sanción pretendida en el actual ordenamiento jurídico.

Fallo

Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de doña Marie Jouselie Gervais en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 858-2021 de 19 de febrero de 2021, del entonces Intendente Regional de Tarapacá que dispuso su expulsión del territorio nacional. Decisión acordada con el voto en contra del Ministro señor Mario Gómez Montoya, quien estuvo por rechazar el recurso, desde que no advierte ilegalidad en la decisión de la autoridad al disponer la expulsión de la amparada, toda vez que tanto el Decreto Ley anterior como la actual Ley de Migraciones facultan la aplicación de la medida administrativa de expulsión ante la permanencia irregular en territorio nacional, y no se ha acreditado por la recurrente la existencia de arraigo laboral o familiar en el país. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1354-2024. En Valparaíso, dieciocho de junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de junio de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, se recurre de amparo en favor de Marie Jouselie Gervais, haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal, conculcatorio de los derechos consagrados en el numeral 7° del artículo 19 del Constitución Política de la República que importaría la dictación de la Resol

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