ESVAL S.A./SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Rol
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
RECLAMACIÓN DE MULTA ADMINISTRATIVA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 18.902, el reclamo contra las sanciones aplicadas por la Superintendencia de Servicios Sanitarios se tramitará de forma breve y sumaria, y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandante con fecha veintidós de marzo del año en curso, en contra de la resolución que recibe la causa a prueba de veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Zepeda Arancibia, quien estuvo por declarar admisible el recurso interpuesto Comuníquese. N°Civil-7695-2024.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandante con fecha veintidós de marzo del año en curso, en contra de la resolución que recibe la causa a prueba de veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Zepeda Arancibia, quien estuvo por declarar admisible el recurso interpuesto Comuníquese. N°Civil-7695-2024.
Texto Completo (Preview)
rbm C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, quince de julio de dos mil veinticuatro. Al folio N°3; estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 18.902, el reclamo contra las sanciones aplicadas por la Superintendencia de Servicios Sanitarios se tramitará de forma breve y sumaria, y a su vez el artículo 686 del Cód
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica