1º JUZGADO DE LETRAS DE BUIN

SOCIEDAD DE TRANSPORTES MATEO LIMITADA/TRANSPORTES DOÑA CLARA SPA

Rol

Fecha

17 de junio de 2024

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que del

Fundamentos

considerando décimo primero se elimina la frase: “si bien da cuenta de que su domicilio está en un lugar distinto del que fue notificada, no obstante,”. Que los documentos acompañados en esta instancia en nada alteran la convicción adoptada por este tribunal. Y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución de diez de julio de dos mil veintitrés, dictada por el 1° Juzgado de Letras de Buin en los autos C-1267-2022. Devuélvase. N° 1384-2023-Civil

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que del considerando décimo primero se elimina la frase: “si bien da cuenta de que su domicilio está en un lugar distinto del que fue notificada, no obstante,”. Que los documentos acompañados en esta instancia en nada alteran la convicción adoptada por este tribunal. Y teniendo además presente lo dispuesto en el

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