ANONIMIZADO
Rol
Fecha
17 de junio de 2024
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1.- Que, en primer lugar, cabe precisar que el control de admisibilidad de las demandas que autoriza el artículo 54-1 de la Ley 19.968, se limita por regla general a la revisión del cumplimiento de los requisitos formales previstos en el artículo 57 de la misma ley. 2.- Que, en segundo término, si bien el inciso tercero del artículo 54-1 permite rechazar una demanda en la fase de revisión de admisibilidad por ser manifiestamente improcedente, ello se encuentra expresamente impedido en la hipótesis del numeral 16 del artículo 8 de la misma ley, la que no es otra que los actos de violencia intrafamiliar. 3.- Que, la...
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: 1.- Que, en primer lugar, cabe precisar que el control de admisibilidad de las demandas que autoriza el artículo 54-1 de la Ley 19.968, se limita por regla general a la revisión del cumplimiento de los requisitos formales previstos en el artículo 57 de la misma ley. 2.- Que, en segundo término, si bien el inciso
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