SIN INFORMACION

LUIS ARMANDO MARIN GONZALEZ/JUZGADO DE FAMILIA DE SAN BERNARDO

Rol

Fecha

17 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Luis Armando Marín González, interpone acción constitucional de amparo en contra del Juzgado de Familia de San Bernardo, que decretó un arraigo nacional a su respecto, que estima ilegal porque el 7 de mayo de este año solicitó el alzamiento de la medida cautelar descrita en atención a que, a través de los retiros de fondos de la AFP, la deuda de pensión de alimentos que registraba fue pagada. Solicita que se acoja el presente recurso, toda vez que se dedica a la minería y su empleador requiere que viaje a Bolivia a fin de desempeñar sus labores. Segundo: Que informa al tenor del recurso Claudio Vargas Eggers, Subprefecto Jefe del Departamento de Asesoría Técnica de la Policía de Investigaciones que, consultado en el Sistema Computacional de Gestión Policial, el recurrente registra una orden de arraigo, por alimentos, en causa 08-2-0240598-4, de 10 de abril de 2014, dictada por el Juzgado de Familia de San Bernardo, no registrando órdenes de aprehensión ni arresto vigente en su contra. Tercero: Que informa al tenor del presente recurso Carolina Yáñez Cañas, Juez Destinada del Juzgado de Familia de San Bernardo, que el recurrente es demandado y alimentante en la causa RIT Z-1495-2015 sobre cumplimiento de alimentos. Destaca que el 6 de junio del año en curso, se dictó resolución en la que no se dio lugar a su solicitud de alzamiento de apremios, por no haberse acreditado el pago efectivo de la deuda de alimentos. Añade que el arraigo que motiva el recurso fue decretado el 21 de agosto del año 2018, por adeudar el alimentante la suma de $2.879.390, sin que se haya acreditado su pago. De forma posterior, la demandante ha continuado exigiendo el cumplimiento del pago de los alimentos, efectuando diversas presentaciones tendientes a ello, solicitando en su oportunidad la retención de los montos relativos a los retiros excepcionales de fondos de capitalización individual, sin que el actor haya saldado el total adeudado. Señala

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política, se rechaza el recurso de amparo deducido por Luis Armando Marín González, en contra del Juzgado de Familia de San Bernardo. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 475-2024 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Luis Armando Marín González, interpone acción constitucional de amparo en contra del Juzgado de Familia de San Bernardo, que decretó un arraigo nacional a su respecto, que estima ilegal porque el 7 de mayo de este año solicitó el alzamiento de la medida cautelar descrita en atención a que, a través d

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