1º JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA

DÍAZ CON TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Rol

Fecha

17 de junio de 2024

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su motivo sexto, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, la parte demandante recurre de apelación en contra de la sentencia definitiva que rechazó la demanda de prescripción extintiva intentada por don Nelson Alejandro Díaz Díaz, respecto de los impuestos correspondientes al folio N°231613003 renta reintegro, con vencimiento el 30 de abril de 2013 y folio N°6332385746 IVA postergado, con vencimiento el 20 de junio de 2017, por la suma total $85.740.040, incluido la deuda neta, reajustes, intereses y multas. Segundo: Que, la sentencia impugnada rechazó la prescripción extintiva por cuanto se acreditó que Tesorería inició el cobro de las obligaciones tributarias, encontrándose interrumpida la prescripción mediante la respectiva notificación y requerimiento de pago, la que sólo puede perder su efecto interruptor, mediante la declaración de abandono del procedimiento, lo que no ha ocurrido en la especie. Tercero: Que, para la adecuada decisión del recurso de apelación, cabe consignar que son hechos acreditados que en cuanto al folio N°231613003 renta reintegro, con vencimiento el 30 de abril de 2013, se inició el cobro en el expediente administrativo 10.021-2017, de la comuna de Malloa, en el que con fecha 15 de mayo de 2017, se notificó el requerimiento de pago, siendo la última actuación en él, la certificación de no haberse opuesto excepciones, realizada el 14 de noviembre de 2017. A su vez, en cuanto al folio N°6332385746 IVA postergado, con vencimiento el 20 de junio de 2017, su cobro se siguió en el expediente administrativo 10.075-2017, de la comuna de Malloa, notificándose el requerimiento de pago el 16 de enero de 2018, siendo la última actuación en él, el despacho de la notificación por correos de 16 de mayo de 2018, de la resolución de 9 de mayo de 2018, de la Tesorera Regional, que tiene presente lo informado por Coopeuch, respecto de la petición de embrago de

Fundamentos

considerando que la demanda de prescripción extintiva se notificó con fecha 16 de mayo de 2022, habiendo transcurrido más de tres años desde la última gestión realizada por el ejecutante en cada uno de los expedientes administrativos detallados en el motivo tercero de este fallo, resulta forzoso concluir que se configuran los presupuestos de este modo de extinguir las obligaciones, que busca dar certeza jurídica e impedir la prolongación indefinida de las relaciones jurídicas, acorde además con el derecho a ser oído y juzgado dentro de un plazo razonable, conforme al artículo 8 N°1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, garantía que no sólo rige en materia penal, sino también para la determinación de derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter, norma que debe aplicarse de conformidad con el inciso 2° del artículo 5° de la Constitución Política de la República establece como deber de todo órgano del Estado respetar y promover los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana garantizados por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en los artículos 186 y siguientes y 748 y siguientes, todos del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la sentencia definitiva de dos de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado Civil de Rancagua, en la causa Rol C-1991-2022, que rechazó la demanda de prescripción extintiva intentada por don Nelson Alejandro Díaz Díaz y, en su lugar, se resuelve que se acoge la demanda, declarándose, en consecuencia, la prescripción extintiva de la acción ejecutiva de cobro respecto de los folios números N°231613003 renta reintegro, con vencimiento el 30 de abril de 2013 y N°6332385746 IVA postergado, con vencimiento el 20 de junio de 2017, cuya ejecución se siguió en los expedientes administrativos 10.021-2017 y 10.075-2017, respectivamente, ambos de la comuna de Malloa, sin costas, por haber tenido el Fisco de Chile, motivo plausible para litigar. Regístrese y devuélvase. Redacción del ministro Pedro Caro Romero. Rol Corte 711-2023 Civil.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su motivo sexto, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, la parte demandante recurre de apelación en contra de la sentencia definitiva que rechazó la demanda de prescripción extintiva intentada por don Nelson Alejandro Díaz Díaz, respecto de los i

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