SANDOVAL DIAZ CARLOS ALBERTO / CENTRO DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIO COLINA II
Rol
Fecha
14 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don César Pizarro Pizarro, abogado quien interpone recurso de amparo en favor de Carlos Alberto Sandoval Díaz, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto que considera ilegal consistente en la negativa de la recurrida de proceder a la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional. Funda el recurso exponiendo antecedentes relativos a la pena que cumple el amparado, y aduce que, pese a cumplir los requisitos legales, no fue postulado al beneficio de libertad condicional en el primer semestre del año en curso, sin que la recurrida le otorgara explicaciones. Afirma que lo descrito corresponde a un acto ilegal, pues no ha dado respecto a la normativa vigente sobre libertad condicional, resultando, además, infundado. Finalmente, solicita acoger el recurso “ordenando, como medida para restablecer el imperio del derecho, decretando que se le conceda dicha libertad.” Segundo: Que, informa don Claudio Chandía Raplh, abogado, mandatario judicial de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, quien solicita el rechazo del recurso. Expone que el amparado no fue postulado al proceso de libertad condicional, por no cumplir con el requisito legal de tiempo mínimo. Al efecto, indica que, en virtud de las modificaciones introducidas a la legislación aplicable en 2019, el tiempo mínimo necesario para que el amparado postulara fue modificado, quedando establecido para el 02 de marzo de 2030, lo que justifica su exclusión. De tal modo, sostiene que no existe vulneración a las garantías constitucionales protegidas mediante el recurso de amparo. Tercero: Que Gendarmería de Chile adjunta la “Ficha Única de Condenado” correspondiente a Carlos Alberto Sandoval Ortiz, actualmente privado de libertad en el CCP Colina II; consta como fecha de inicio de condena el 09 de junio de 1999; término previsto para 31 de octubr
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto N° 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Carlos Alberto Sandoval Díaz, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1515-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Antonio Ulloa Márquez, señor José Pablo Rodríguez Moreno y la Abogado Integrante señora Claudia Candiani Vidal. En Santiago, catorce de junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don César Pizarro Pizarro, abogado quien interpone recurso de amparo en favor de Carlos Alberto Sandoval Díaz, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto que considera ilegal consistente
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