CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL COLINA/IBACACHE VUELVE A TABLA.-
Rol
Fecha
14 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don Rodrigo Flores Osorio, en representación de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Colina, ejecutada en los autos de cobranza laboral seguidos ante el Juzgado de Letras de Colina, RIT C-97-2017, quien conforme dispone el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 9 de febrero de 2023, que no dio lugar a la apelación deducida en contra de la resolución que resolvió la excepción de pago anómala deducida por la recurrente. Señala que en el marco de un proceso de cumplimiento de sentencia laboral se consignó la suma de $11.295.482, en atención a la liquidación practicada en el mes de noviembre de 2017, fondos que se giraron por la contraria en mayo de 2018, y que posteriormente, se realizó una nueva liquidación del mes de noviembre del año 2021. Agrega que en el mes de abril de 2022 la recurrente dedujo excepción anómala de pago respecto de esta última liquidación, para que se considerara el pago que se giró en mayo de 2018, pero dicha excepción fue rechazada por el Tribunal por estimar que la misma se dedujo de modo extemporáneo, entre otros argumentos. En contra de esta resolución se dedujo recurso de apelación, en el entendido que la resolución resolvió la excepción y conforme lo dispone el artículo 470 del Código del Trabajo, al ser ella la norma aplicable y no el artículo 472 del mismo cuerpo legal, al haberse deducido una excepción de pago, que se regula en el primer precepto. Finaliza indicando que en el estado de derecho existe el derecho a la segunda instancia, para controlar la decisión judicial, siendo además agraviada la parte por el recurso denegado, por lo que solicita tener por interpuesto, y en definitiva acoger el mencionado recurso de hecho. SEGUNDO: Que a folio 5 informa doña América Rojas Rojas, Jueza Titular del Juzgado de Letras de Colina, quien señala que la recurrente opuso la excepción anómala de pago en función de lo dis
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado don Rodrigo Flores Osorio, en representación de la parte ejecutada Corporación Municipal de Desarrollo Social de Colina, en contra de la resolución de 9 de febrero de 2023, dictada por el Juzgado de Letras de Colina, en los autos RIT C-97-2017. Regístrese, comuníquese y archívese. Laboral-Cobranza N° 524-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, catorce de junio de dos mil veinticuatro. Al folio 26, téngase presente. VISTOS: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don Rodrigo Flores Osorio, en representación de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Colina, ejecutada en los autos de cobranza laboral seguidos ante el Juzgado de Letras de Colina, RIT C-97-2017, quien conforme dispone el artículo 203 del Código de Procedimien
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