JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE HUALAIHUE

MIRANDA MONTSERRAT ZAMORANO BASCUNAN C/ JOHNNY ARIEL OLATE OLATE

Rol

Fecha

14 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: 1°) Que se eleva la presente causa para conocer de la apelación deducida por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Hualaihué, que, en audiencia de 31 de enero del año en curso, no dio lugar a su petición de disponer el sobreseimiento definitivo respecto del imputado Johnny Ariel Olate Olate, de conformidad al artículo 250 letra b) del Código Procesal Penal. 2°) Que funda sus alegaciones el recurrente, en que habiéndose comunicado la decisión de no perseverar en la misma audiencia, la defensa pidió se decretara el sobreseimiento, fundado en que el imputado estuvo más de 3 meses privado de libertada y cerca de 4 meses con arresto domiciliario, y dentro de las diligencias solicitadas, finalmente se recibió informe de la BRISEX que acreditaba la inexistencia de material biológico de su representado en la muestra de extraída a la víctima, señalando la existencia de coincidencia respecto de la pareja de la víctima. El Ministerio Público se opuso, fundado en que existían declaraciones y diligencias que apuntaban a la participación del imputado, descartando que la sola existencia del informe fuere suficiente para superar el estándar del artículo 250 letra b) del Código Procesal Penal, argumentos que fueron acogidos por la sentenciadora. Sostiene que la decisión de no perseverar, no es el medio que debió aplicarse atendidos los últimos antecedentes obtenidos en la causa, que eran de una entidad suficiente para poder cumplir con el estándar del artículo 250 letra b), pues el informe bioquímico, científico, daba cuenta que existía un 0% de coincidencia de materia biológico del imputado en relación con la muestra obtenida de la víctima, siendo a su juicio, una clara y fehaciente prueba de la falta de participación en los hechos investigados y demostrando la inocencia de aquél. 3°) Que, oídos los intervinientes, y los audios de la audiencia respectiva, aparece que el Ministerio Público comunicó la decisión de no perseverar, por no haber reun

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo previsto en los artículos 248, 250 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de treinta y uno de enero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Hualaihué. Devuélvase. Rol Penal N° 119-2024.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, catorce de junio de dos mil veinticuatro. Visto: 1°) Que se eleva la presente causa para conocer de la apelación deducida por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Hualaihué, que, en audiencia de 31 de enero del año en curso, no dio lugar a su petición de disponer el sobreseimiento definitivo respecto del imputado Johnny Ariel Olate Olate, de conformidad a

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