CRISOLA DEL CARMEN FERRER DE ZABALA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
17 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los argumentos vertidos y habiéndose cumplido lo ordenado, se hace lugar a la reposición solicitada y, en consecuencia, se deja sin efecto lo resuelto el diez de junio del año en curso, en la parte que aplicó multa equivalente a una Unidad Tributaria Mensual a la recurrida. Comuníquese lo resuelto al Tesorero Regional y al Abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado, oficiándose. Al primer y tercer otrosí: Estese al mérito de lo que se resolverá. Al segundo otrosí: Sin perjuicio de lo que se resolverá con esta fecha, como se pide, incorpórese como litigante en el sistema informático SITCORTE a la letrada Carolina Tapia Fierro, Rut N° 15.441.027-9. Al cuarto otrosí: Téngase presente el domicilio señalado. Al escrito folio 16: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: Téngase presente la personería y a sus antecedentes el instrumento. Visto: Apareciendo de los antecedentes con los que ahora se cuenta, y desprendiéndose de ellos que la recurrente mantiene domicilio en la comuna de Santiago, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes vía interconexión. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-8097-2024.
Fallo
se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes vía interconexión. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-8097-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/v.p.s. Concepción, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 15: A lo principal: Visto: Atendido el mérito de los argumentos vertidos y habiéndose cumplido lo ordenado, se hace lugar a la reposición solicitada y, en consecuencia, se deja sin efecto lo resuelto el diez de junio del año en curso, en la parte que aplicó multa equivalente a una Unidad Tribut
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica