1ER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE CALAMA

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/PARRA

Rol

Fecha

12 de junio de 2024

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene además presente: PRIMERO: Que, en base a los antecedentes incorporados, en particular, aquel documento signado como “ficha de reclamo”, se observa que, desde el 21 al 22 de abril de 2023, se ejecutaron 03 operaciones bancarias, singularizadas como “débito internacional” de manera presencial, cuyo destino lo fue a “Santander”, las que ascienden a un total de 1.118.941, apareciendo también, comisiones por transacciones internacionales. SEGUNDO: Que, por otro lado, el Banco querellado, no logra explicar ni acreditar que el documento bancario- tarjeta cuenta Rut- fue utilizado por el consumidor, limitándose a señalar que la tarjeta posee un “chip”, y en consecuencia la misma no puede ser objeto de clonación. TERCERO: Que en consecuencia, el Banco ha incurrido en infracción a las disposiciones del artículo 3 letra d) de la Ley 19.496, al no otorgar al consumidor la debida seguridad en el consumo del bien y servicio de su cuenta RUT, toda vez que se han producido 03 operaciones no reconocidas por el cliente, respecto de las cuales el banco no ha acreditado que se trate de operaciones efectuadas por el consumidor, por lo que fueron realizadas sin mediar el consentimiento de su titular, lo que constituye una vulneración de las medidas de seguridad, una negligencia de parte del banco que ha generado menoscabo al consumidor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 19.496, no respetando además el banco los términos o condiciones conforme a los que se ofreció la entrega del bien o la prestación del servicio, deber contemplado en el artículo 12 de la Ley 19.496. CUARTO: Que, en relación con la demanda civil, el monto reclamado, es coincidente con aquel defraudado, considerando, que no se practicó el abono normativo, ya que, de manera previa, se le exigió al consumidor, un documento denominado “declaración de origen de fondos”, que, desde luego, no constituye un presupuesto que exija la Ley 20.009. Inclu

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto además lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.217, y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA sin costas, del recurso y la instancia, la sentencia apelada de fecha veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro en causa ROL 31.328-2023, pronunciada por el Juzgado de Policía Local de Calama. Regístrese y comuníquese. Rol 80-2024 (PL)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a doce de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene además presente: PRIMERO: Que, en base a los antecedentes incorporados, en particular, aquel documento signado como “ficha de reclamo”, se observa que, desde el 21 al 22 de abril de 2023, se ejecutaron 03 operaciones bancarias, singularizadas como “débito internacional” de manera presencia

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica