MARCELO MAUREIRA DROGUETT / GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
12 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, concurre doña Fabiola Antonieta Droguett Muñoz, quien interpone recurso de amparo en favor de su hijo Marcelo Ignacio Maureira Droguett, y en contra del Complejo Penitenciario de Valdivia, por encontrarse el amparado amenazado de muerte en dicho recinto penal. Indica que su hijo, la tiene como único referente familiar, que ella vez que puede le envía una caja de encomienda, y el amparado le habría enviado un mensaje señalando que estaría amenazado de muerte. Señala que a su hijo no lo ve desde la pandemia, y que tendría buena conducta. Solicita que el amparado sea trasladado a un centro penitenciario de Limache o Casablanca para poder visitarlo. A folio 4, informa la Jefa del Departamento de Control Penitenciario, señalando que no es aconsejable la derivación del amparado hacia alguno de los recintos penales solicitados, puesto que ambos presentan bajas condiciones de seguridad e infraestructuras, las cuales no condicen con el alto compromiso delictual que mantiene el amparado, lo que tiene directa relación a la ocurrencia de eventos críticos e indeseados por parte de la administración penitenciaria. Agrega además, que los recintos penales de Limache y Casablanca se encuentran con una sobrepoblación penal, no contando con espacios físicos para poder ingresar al nombrado Maureira Droguett. A folio 11, informa el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valdivia, señalando que el amparado fue privado de libertad por los delitos de robo con intimidación y robo con violencia, por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, inicio su condena el 26 de septiembre del año 2015 y la termina el 25 de septiembre del año 2032, ingresando a dicho recinto penal el 18 de agosto del año 2022, por medida de seguridad institucional por la comisión de delitos al interior del Complejo Penitenciario de La Serena, donde el amparado estuvo involucrado, que consistió en lesiones graves y extorsiones a otro interno. Indica que el amparado cuenta con una clasificación de Alt
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, según lo informado por el Complejo Penitenciario de Valdivia, el amparado ya fue traslado una vez desde el Complejo Penitenciario de La Serena hacia Valdivia, mediante Resolución Exenta Nº4.660, de fecha 28 de julio de 2022, en razón de haber participado en la comisión de delitos en contra de otro interno, situación que fue debidamente acreditada, considerando además, las características criminógenas del condenado, las características de infraestructuras del establecimiento penal, capacidad, y todo mediando un procedimiento normado. Tercero: Que, habiéndose decretado el traslado del amparado al actual recinto penitenciario, por resolución fundada de la autoridad competente, no siendo atentatoria de la libertad o seguridad personal del amparado y no acreditándose amenazas ni peligros a su integridad en el actual recinto penal que habita, sumado a que la decisión de cambio de recinto penal del interno depende de la autoridad penitenciaria, según lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento para Recintos Penitenciarios, se rechazará el presente arbitrio
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Marcelo Ignacio Maureira Droguett, en contra del Complejo Penitenciario de Valdivia. Sin perjuicio de lo resuelto Gendarmería de Chile deberá cumplir con su obligación de velar por la seguridad e integridad del amparado. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1281-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, concurre doña Fabiola Antonieta Droguett Muñoz, quien interpone recurso de amparo en favor de su hijo Marcelo Ignacio Maureira Droguett, y en contra del Complejo Penitenciario de Valdivia, por encontrarse el amparado amenazado de muerte en dicho recinto penal. Indica que su hijo, la tiene como único referent
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