MP C/ JAVIER ANDRES GONZALEZ PALMA
Rol
Fecha
12 de junio de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa del imputado Javier Andres González Palma, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizado como autor del delito de homicidio simple del artículo 391 N° 2 del Código Penal, en grado de consumado, cuestionando los presupuestos de las letras a) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, solicitando se revoque la resolución apelada, y deje sin efecto la prisión preventiva decretada, ordenando su libertad inmediata. 2°.- Que con el mérito de lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia y con los antecedentes hasta ahora reunidos en la investigación, es posible sostener que existen antecedentes suficientes, en este estadio procesal, que justifican la existencia del hecho punible y se constituyen también en antecedentes calificados que permiten presumir fundadamente la participación del encausado en calidad de autor en el delito de homicidio simple que se le imputa. En efecto, se cuenta con el Parte Policial que da cuenta de las diligencias policiales llevadas a cabo con ocasión del hecho denunciado y con la declaración del testigo presencial Axel Ríos quien da cuenta de la dinámica de los hechos y señala que vio al imputado provisto de un arma blanca acometiendo a la víctima, y le oyó decir al primero “ahí tenís concha de tu madre” y al segundo le oye “me cago este culiao”. Además obran como antecedentes el dato de atención médico de urgencia e informe de autopsia revelando este último como conclusión: “herida penetrante torácica por acción de arma blanca. Causa de muerte: traumatismo torácico” además del informe policial de la brigada de homicidios N°475 y el relato de tres vecinos que sirven de contexto a la ocurrencia del hecho. Con lo señalado, por ahora, no puede tener cabida la teoría de la defensa en cuanto a que el testigo presencial habría ca
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C.A. de Concepción CVF/ccv Concepción, doce de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa del imputado Javier Andres González Palma, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizado como autor del delito d
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