PROMOTORA CMR FALABELLA S.A.ISIDORA CEVERINO HENRIQUEZ
Rol
Fecha
12 de junio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que la exigencia de acompañar el estado de cuenta enviado al deudor con el detalle del monto utilizado, intereses y gastos de cobranza, excede los términos que permite el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil. Por tales consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se revoca, en lo apelado, la resolución de dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el 2° Juzgado Civil de San Miguel en los autos Rol C-7380-2023 y se declara que el juez deberá pronunciarse sobre la demanda, dictando la resolución que en derecho proceda. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-985-2024.
Fallo
se declara que el juez deberá pronunciarse sobre la demanda, dictando la resolución que en derecho proceda. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-985-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de San Miguel San Miguel, doce de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que la exigencia de acompañar el estado de cuenta enviado al deudor con el detalle del monto utilizado, intereses y gastos de cobranza, excede los términos que permite el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil. Por tales consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artíc
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