JUZGADO DE GARANTIA DE CURICO

M.P. C/ PATRICIO ENRIQUE GONZALEZ TORRES Y DENNIS ZUÑIGA DIAZ

Rol

Fecha

12 de junio de 2024

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de cinco de junio del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados DENNIS PAULINA ZÚÑIGA DÍAZ y PATRICIO ENRIQUE GONZÁLEZ TORRES, inserta en la carpeta virtual RIT 1-3513-2024 del Juzgado de Garantía de Curicó. Acordada con el voto en contra del ministro don Moisés Muñoz Concha, sólo en cuanto a la imputada Dennis Zúñiga Díaz, siendo de parecer de revocar la resolución en alzada, y estuvo por sustituir la cautelar de prisión preventiva, por la cautelar de privación parcial domiciliaria, desde las 22 horas hasta las 06:00 horas, por considerar que con esta medida se garantizan de igual forma los fines del procedimiento, teniendo en consideración la carencia de anotaciones penales pretéritas y la intervención que le cupo en la comisión del delito que se le atribuye. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1173-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, doce de junio de dos mil veinticuatro. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de cinco de junio del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de pri

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