CONSTRUCTORA NORDELTA LTDA/LEAL
Rol
Fecha
24 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el inciso 1° del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales establece los requisitos básicos de admisibilidad que debe contener todo recurso de queja, particularmente lo relativo a la obligación de interponerse en contra de resoluciones que no sean susceptibles de recurso alguno. 2° Que del análisis del recurso de folio N°1, se desprende que la resolución en contra de la cual se recurre de queja, atendida su naturaleza, no se encuentra en la circunstancia descrita, razón por la cual el presente recurso no será admitido a tramitación. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 545, y 549 letra a) del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en lo principal de la presentacion de folio N°1, de fecha treinta de mayo del año en curso. Archívense los antecedentes. N°Civil-8495-2024.mva
Fallo
se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en lo principal de la presentacion de folio N°1, de fecha treinta de mayo del año en curso. Archívense los antecedentes. N°Civil-8495-2024.mva
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro. Al folio N°1: A todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1° Que el inciso 1° del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales establece los requisitos básicos de admisibilidad que debe contener todo recurso de queja, particularmente lo relativo a la obligación de interponerse en contra de resolucio
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