ANONIMIZADO
Rol
Fecha
12 de junio de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Que los argumentos vertidos en la apelación que se revisa, no hacen variar lo reflexionado y decidido por la jueza de la instancia, por lo que se resuelve que SE CONFIRMA, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución de veintitrés de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Tomé, en causa RIT C-131-2024, del ingreso de dicho tribunal. Se previene que el ministro señor Andrade, concurre a la decisión sin perjuicio que estuvo por declarar inadmisible el recurso atendido lo establecido en el artículo 4 de la ley 14.908. Devuélvase. N°Familia-450-2024.
Fallo
se resuelve que SE CONFIRMA, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución de veintitrés de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Tomé, en causa RIT C-131-2024, del ingreso de dicho tribunal. Se previene que el ministro señor Andrade, concurre a la decisión sin perjuicio que estuvo por declarar inadmisible el recurso atendido lo establecido en el artículo 4 de la ley 14.908. Devuélvase. N°Familia-450-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CVF/ccv Concepción, doce de junio de dos mil veinticuatro. VISTO: Que los argumentos vertidos en la apelación que se revisa, no hacen variar lo reflexionado y decidido por la jueza de la instancia, por lo que se resuelve que SE CONFIRMA, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución de veintitrés de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Tomé
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