JUZGADO DE GARANTIA DE COPIAPO

MP C/ SIMON ANDRES FLORES ROBLEDO

Rol

Fecha

12 de junio de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, y habiéndose establecido los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del delito por el cual se ha formalizado al imputado, se estima que la prisión preventiva resulta indispensable para la seguridad de la sociedad, y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia cuatro de junio de dos mil veinticuatro, por el juez del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Ubaldo Basoa Oviedo, que decretó la prisión preventiva de don Simón Andrés Flores Robledo, por la necesidad de cautela indicada. Regístrese y devuélvase. N° Penal-496-2024.

Texto Completo (Preview)

Fecha: doce de junio de dos mil veinticuatro Sala: Primera Rol Corte: Penal-496-2024 Ruc N°: 2400633200-1 Rit N°: O-3357-2024 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: Ministra (S) Claudia Cardenas Navarro, Fiscal Judicial (I) señor Rodrigo Cid Mora y Abogado Integrante señor Ricardo Garrido Álvarez Relator: Walter Piñats Aliaga Fiscal: Paula Chávez Navarro Defensora: Giarella Bassi

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