C/ JOSE LUIS RIVERA LEIVA
Rol
Fecha
12 de junio de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Estimando que, en este estadio procesal, se encuentran suficientemente justificados los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal, indicándose expresamente en la resolución apelada que el encartado fue formalizado en calidad de coautor y no de cómplice como erróneamente se afirmó por su defensa en su alegato oral, y teniendo presente la gravedad de la pena asignada por la ley al delito, el carácter del mismo, el número de partícipes que intervinieron en su comisión, y la entidad del bien jurídico afectado, se concluye que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, lo que lleva a confirmar la decisión en alzada. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha seis de junio de dos mil veinticuatro, que decretó la prisión preventiva del imputado José Luis Rivera Leiva, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Eduardo Silva Jerez. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1114-2024 Penal.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha seis de junio de dos mil veinticuatro, que decretó la prisión preventiva del imputado José Luis Rivera Leiva, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Eduardo Silva Jerez. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1114-2024 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, doce de junio de dos mil veinticuatro. Siendo las 09:43 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la Ministro titular señora Gloria Negroni Vera, e integrada por el Ministro interino señor Rodrigo Díaz Figueroa y el abogado integrante señor Gabriel Gallardo Verdugo, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defens
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica