MORENO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
11 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece don Aldo Vicencio Vejar, abogado, en representación de Jhon Alexander Moreno Torres, soltero, de nacionalidad colombiana, cédula de Identidad colombiana N°944442093, por quien interpone recurso de reclamación judicial en contra del Servicio Nacional de Migraciones y la Policía de Investigaciones de Chile, por haber decretado la expulsión y prohibición de ingreso al territorio nacional mediante Resolución Exenta N° 14742, de fecha 12 de abril de 2024. Expone que, en virtud del oficio ordinario N°2359 de fecha 16 de enero de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, se inicia procedimiento sancionatorio en contra del recurrente por infringir la legislación migratoria vigente; para luego, por Resolución Exenta N°14742, de fecha 12 de abril de 2024 resolver su expulsión del territorio nacional, estableciéndose además una prohibición de ingreso al país por el plazo de 25 años, lo que le fue notificado el 08 de mayo. El fundamento de aquello sería que el reclamante habría ingresado de manera clandestina al territorio nacional, eludiendo control migratorio, además de ser condenado con fecha 25 de octubre de 2023, en causa RIT 3419-2022 del Juzgado de Garantía de Iquique, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y al pago de una multa de 03 UTM por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en pequeñas cantidades. En cuanto al inicio del proceso sancionatorio, el recurrente señala haber enviado sus descargos por escrito el 05 de febrero de 2024, pero estos no fueron considerados por el servicio recurrido, posiblemente por ser extemporáneos, con lo que no se le permitió a su representado acreditar las consideraciones previas del artículo 129 de la Ley 21.325, al momento de decidirse su expulsión. Destaca que la sanción de expulsión resultaría improcedente y contraria a los principios legales del debido proceso, inclusive vulneraría las facultades sancionatorias del Juzgado de Garantía de Iquique, puesto
Fundamentos
fundamentos en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que expondrá. Menciona una serie de partes policiales del Departamento de Policía de Investigaciones de Chile en los que se registran denuncias contra el reclamante, tanto por ingreso clandestino como por el delito de tráfico entre los años 2022 y 2023. Indica que, en virtud de oficio N°4893 de fecha 06 de noviembre de 2023, tomó conocimiento de que el extranjero fue condenado mediante sentencia del Juzgado de Garantía de Iquique, en causa RIT 3419-2022, de fecha 25 de octubre de 2023, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa 3 Unidades Tributarias Mensuales ,y a las accesorias de suspensión de cargo u oficios públicos durante el tiempo de la condena; por la comisión de delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en la Ley N° 20.000, en calidad de autor y en grado de desarrollo de consumado. Conforme a lo anterior, mediante Oficio Ordinario N° 2539, de 16 de enero de 2024, se informó al reclamante que se inició un proceso sancionatorio de expulsión en su contra, el que fue notificado por carta certificada y que, sin perjuicio de los descargos expuestos extemporáneamente, el 08 de mayo de 2024 la Policía de Investigaciones de Chile notificó al reclamante de la orden de expulsión dictada en su contra, en su domicilio particular. Expresa que el extranjero se encuentra en la causal dispuesta en el artículo 127 N°1, en relación con los artículos 32 N°3, 127 N°2 en relación a, articulo 32 N°5, todos de la Ley 21.325. Así, considerando que la conducta ejecutada por el extranjero vulnera los bienes jurídicos de la seguridad pública y la salud pública, que afectan los intereses colectivos resguardados por el Estado y cuya realización atenta directamente contra el bienestar común y orden social, la autoridad estimó que no es posible aceptar su permanencia en el territorio nacional. En consecuencia, mediante Resolución Exenta N° 14742 de fecha 12 de abril de 2024, se resolvió expulsar del territorio nacional al extranjero recurrente. Cita artículos 32, 127, 128, 132, 135 y 141 de la Ley N° 21.325 y resalta que la resolución fue dictada con estricto apego a la normativa legal y reglamentaria vigente. En razón de lo expuesto y dado que el reclamante ha infringido la normativa interna migratoria, de modo que la separación de su grupo familiar es consecuencia de su propia decisión de incurrir en la conducta ilícita, existiendo causa legal que permite la decisión, y competencias por parte de la autoridad para decretarla, no existiendo acto u omisión ilegal que prive, perturbe o amenace el legítimo ejercicio de la recurrente respecto de las garantías de libertad personal y seguridad individual, es que solicita el rechazo del reclamo. Adjunta antecedentes. Evacua informe Policía de Investigaciones, señalando que, consultado en el Sistema de Gestión Policial (GEPOL), el reclamante reg
Fallo
Por estas consideraciones y normas legales citadas, se declara que SE RECHAZA el reclamo deducido por don Luis Pizarro Escobar, abogado, a favor de Jhon Alexander Moreno Torres en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Conforme lo dispuesto en el artículo 161 inciso segundo de la Ley N° 21.325, se deja sin efecto la suspensión de la ejecución de la orden de expulsión decretada el 20 de mayo del año en curso. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol Corte N° 7-2024 Contencioso Administrativo.
Texto Completo (Preview)
Iquique, once de junio de dos mil veinticuatro. VISTO: Comparece don Aldo Vicencio Vejar, abogado, en representación de Jhon Alexander Moreno Torres, soltero, de nacionalidad colombiana, cédula de Identidad colombiana N°944442093, por quien interpone recurso de reclamación judicial en contra del Servicio Nacional de Migraciones y la Policía de Investigaciones de Chile, por haber decretado la expu
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