MP/LUIS EDUARDO QUINTANILLA OLEA
Rol
Fecha
11 de junio de 2024
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290
Resultado
SENTENCIA REEMPLAZO
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia que se invalida, salvo su
Fundamentos
considerando décimo, que se elimina. Asimismo, se reproducen los considerandos tercero a séptimo del
Fallo
fallo de nulidad que antecede. Y se tiene, además, presente: 1.- Que, si bien el imputado fue condenado anteriormente por un delito de conducción en estado de ebriedad, es un hecho no controvertido que desde la imposición de dicha condena y hasta la comisión del nuevo delito, el 30 de septiembre de 2023, transcurrió el plazo de cinco años que el artículo 104 del Código Penal exige para no ser considerada como circunstancia agravante. 2.- Que, conforme a lo anterior, al no ser reincidente, no es posible concluir que en el presente caso el imputado fuese sorprendido en un segundo evento, lo que obliga a imponer la accesoria de suspensión de licencia de conducir por el término de dos años. Por estas consideraciones, las citas legales contenidas en la sentencia que se reemplaza y lo dispuesto en los artículos 12 N°16, 97 y 104 del Código Penal, se declara: I.- Que, se impone a Luis Eduardo Quintanilla Olea la pena accesoria de suspensión de su licencia de conducir por el lapso de dos años, por su responsabilidad en el delito de conducción en estado de ebriedad causando lesiones leves, materia del presente juicio. II.- Que, se mantienen de la sentencia que se reemplaza las decisiones contenidas en el numeral I, respecto de la pena corporal, accesoria general y multa; y las de los numerales II, IV y V. Regístrese y comuníquese. Rol Corte 995-2024.Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, once de junio de dos mil veinticuatro. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 385 del Código Procesal Penal, se procede sin nueva vista y en forma separada a dictar la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Se reproduce la sentencia que se invalida, salvo su considerando décimo, que se elimina. Asimismo, se reproducen los considerandos tercero a séptimo del
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