SIN INFORMACION

/ARELLANO

Rol

Fecha

11 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por el abogado Luis Eduardo Fuenzalida Muñoz, en contra de la resolución de 30 de mayo de 2024, dictada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, en causa Rol Penal-902-2024. 3°. Que, declarar admisible el recurso y conocer sobre el fondo, implicaría darle competencia como tribunal superior a una Corte de Apelaciones respecto de otra, lo que afecta las normas sobre competencia que regulan la materia y que se encuentran contenidas en el Código Orgánico de Tribunales, entre ellas la del grado y jerarquía y puede constituir, incluso, una vulneración de lo dispuesto por el artículo 7º de la Constitución Política de la República. Por lo antes expuesto

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de amparo interpuesto por el abogado don Luis Eduardo Fuenzalida Muñoz, en contra de lo resuelto el 30 de mayo de 2024 por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-279-2024. acl

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, once de junio de dos mil veinticuatro. Resolviendo lo principal del escrito folio 1: Visto y considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por el abogado Luis Eduardo Fuenzalida Mu

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