2º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

MANCILLA/HERNÁNDEZ

Rol

Fecha

11 de junio de 2024

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, advirtiéndose por estos sentenciadores una incongruencia en el recurso interpuesto por la parte apelante respecto a los argumentos en que sostiene aquel y su petitorio, por cuanto se efectúan alegaciones respecto de la eventual procedencia de la notificación tácita del artículo 55 del Código de Procedimiento Civil en relación con la demandante, acerca de la resolución que la citó a absolver posiciones, pero luego se solicita el establecimiento de un nuevo día y hora para aquello, cuestión reiterada en los alegatos efectuados en estrados por la recurrente, circunstancia que importarían la declaración de inadmisibilidad del mismo conforme lo indicado en el artículo 201 del citado código. Lo anterior, sin perjuicio de estimarse que la notificación tácita no procede en estos autos toda vez que la actuación de la demandante de fecha 02 de marzo de 2023 precisamente da cuenta de que aquella no estaba al tanto de la resolución que ordenaba la fecha para la rendición de la prueba en comento; y de conformidad a lo señalado en los artículos 186 y siguientes del cuerpo legal señalado, se confirma la resolución en alzada de fecha seis de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt. Redacción a cargo de la Abogada Integrante María Paz Olavarría Pérez. Regístrese y devuélvase. Rol Civil N° 709-2023.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, once de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, advirtiéndose por estos sentenciadores una incongruencia en el recurso interpuesto por la parte apelante respecto a los argumentos en que sostiene aquel y su petitorio, por cuanto se efectúan alegaciones respecto de la eventual procedencia de la notificación táci

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