GEORGI/ROTH - (LTE)
Rol
Fecha
11 de junio de 2024
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que por mandato general de 6 de septiembre de 2013 doña Helga Rosemarie Georgi Frese otorgó mandato general a sus hijas Sonia Krista Roth Georgi y Karin Helga Roth Georgi, facultándolas para que actuando conjunta o separadamente la representaran y obligaran en Chile y en el extranjero, con las más amplias potestades y atribuciones de administración y disposición, en los términos que se explicitan en la respectiva escritura pública; 2°.- El 23 de diciembre de 2020 los abogados Juan Carlos Riesco Ruiz y Valentina Inostroza Ortiz, en representación de doña Helga Rosemarie Georgi Frese dedujeron demanda de rendición de cuentas en contra de doña Sonja Krista Roth Georgi y, de su cónyuge, don Pier Flavio Della Schiava Furnaro. El mandato judicial del abogado Riesco Ruiz fue conferido por escritura pública de 3 de noviembre de 2020 por doña Karin Helga Roth Georgi, en representación convencional de doña Helga Rosemarie Georgi Frese; 3°.- Por escritura pública de 14 de enero de 2021 doña Sonja Krista Roth Georgi en representación convencional de doña Helga Rosemarie Georgi Frese señaló revocar el mandato general que le fuere otorgado el 6 de septiembre de 2013 a doña Karin Helga Roth Georgi; 4°.- Que sin perjuicio que resulta cuestionable que cualquiera de las dos mandatarias hubiese tenido la potestad de revocar el mandato de la otra, actuando supuestamente en representación de la mandante, lo cierto es que los actos ejecutados con anterioridad a ello por la mandataria Karin Helga Roth Georgi son válidos, de modo que el mandato judicial de Juan Carlos Riesco Ruiz se encontraba plenamente vigente a la fecha en que se interpuso la demanda sub lite; 5°.- Que no obstante lo anterior, como señala el artículo 148 del Código de Procedimiento Civil: “Antes de notificada una demanda al demandado, podrá el actor retirarla sin trámite alguno, y se considerará como no presentada”. Pues bien, como sea, el retiro de la demanda se solicitó por doña Helga
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma en lo apelado la resolución de fecha veinte de agosto de dos mil veintiuno dictada en los autos Rol C-16816-2020, seguidos ante el 26° Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase la competencia. N°Civil-9255-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte dse Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Carolina Brengi Zunino y la Abogada Integrante señora Catalina Infante Correa. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, once de junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de junio de dos mil veinticuatro. Proveyendo los escritos folios 23, 24 y 25: a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que por mandato general de 6 de septiembre de 2013 doña Helga Rosemarie Georgi Frese otorgó mandato general a sus hijas Sonia Krista Roth Georgi y Karin Helga Roth Georgi, facultándolas para que actuando conjunta o separadamente la
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica