JORGE ANTONIO SAN MARTIN ESPINOZA CON DELEGACION PRESIDENCIAL REGIONAL DEL BIO BIO - FISCO DE CHILE
Rol
Fecha
11 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA, SIN COSTAS
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el Abogado Procurador Fiscal de Concepción del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, en causa RIT O-722-2023, RUC 23-4-0482200-4, del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, recurre de nulidad en contra de la sentencia definitiva de veinte de diciembre del año dos mil veintitrés que declaró: I.- Que se rechaza la excepción de falta de legitimación pasiva. II.- Que se acoge la demanda presentada por Jorge Antonio San Martín Espinoza en contra de DELEGACION PRESIDENCIAL REGIONAL DEL BIOBIO representada por Daniela Dresdner Vicencio, sólo en cuanto
Fallo
se declara que la relación habida entre las partes fue de carácter laboral y siendo su despido injustificado por no haberse invocado ninguna causal legal, se condena a la demandada a pagar lo siguiente: A.- la suma de $1.109.797 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. B.- A la suma de $5.548.985 por concepto de indemnización por años de servicio (5). C.- A la suma de $2.774.492 por concepto de incremento legal del 50% sobre los años de servicio. D.- Al pago de las cotizaciones de seguridad social del actor en AFP CAPITAL, ISAPRE CONSALUD y AFC Chile S.A. por el período 01 de junio de 2018 a 28 de febrero de 2023, a razón de $1.109.797 mensuales. Que las anteriores sumas deberán ser pagadas con más los reajustes e intereses de los artículos 63 ó 173 del Código del Trabajo, según corresponda. III.- Que se desestima en todo lo demás la referida demanda. IV.- Que, no habiendo sido totalmente vencida la demandada, cada parte pagará sus costas. Funda su recurso en la causal principal del literal c) del artículo 478 del Código del Trabajo. Expresa que no controvirtió los hechos indicados por la demandante en su libelo, sino que la calificación jurídica que de los mismos hechos el actor planteó en su demanda. Y por ende, las consecuencias jurídicas que deben aplicarse a los referidos hechos, esto es, que la contratación del demandante fue al amparo del artículo 11 del Estatuto Administrativo, para realizar cometidos específicos. Por ende, la naturaleza del víncul
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Concepción, once de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que el Abogado Procurador Fiscal de Concepción del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, en causa RIT O-722-2023, RUC 23-4-0482200-4, del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, recurre de nulidad en contra de la sentencia definitiva de veinte de diciembre del año dos mil veintitrés que declaró:
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