7º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

KLAMMER/CLINICA ALEMANA (LTE)

Rol

Fecha

11 de junio de 2024

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE 1° Que se ha alzado en apelación, la resolución pronunciada con fecha 06 de julio de 2022, por el Séptimo Juzgado Civil, en autos caratulados “KLAMMER con CLÍNICA ALEMANA DE SANTIAGO”, ROL C35888-2019, que no dio a lugar al apercibimiento solicitado por la parte demandante, contemplado en el artículo 394 del Código de Procedimiento Civil, respecto de la absolución de posiciones efectuada por Cristián de la Barra Dunner, en representación de Cristián Piera Morales, con fecha 09 de junio de 2022. La resolución en cita sostiene que no se configuran los presupuestos exigidos por la norma en referencia, pues de conformidad a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley N°20.584, en relación con la letra g) del art culo 2º de la Ley Nº 19.628, normativa que establece la reserva del contenido de la ficha clínica consultada al gerente general absolvente, en las afirmaciones N°s 7 a 16. Agrega que esta prohibición legal justifica el desconocimiento del mismo respecto de tales aseveraciones, constando el haberse contestado en tal sentido desde la primera consulta en la gestión, no teniendo por ello sus respuestas el carácter de evasivas. 2. Que, el recurrente solicita por medio de este arbitrio que se tenga por confeso al absolvente, Cristian Alejandro de la Barra Dunner, respecto de todos aquellos hechos que están categóricamente afirmados en el pliego de posiciones acompañado por esta parte a folio 46 de autos. Funda su recurso en la inexistencia de la prohibición a que alude la resolución recurrida, pues la ficha clínica del paciente que motiva el presente juicio fue acompañada a estos autos. A ello se suma que en la querella RUC N°1800178719-1 RIT 1565- 2018 seguida ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, que se funda en estos hechos, consta la ficha clínica del paciente, y en dicho caso la Clínica Alemana también es representada por su abogado Cristian De La Barra Dunner, es decir, el mismo absolvente de autos. Aclara quien compareció a a

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE 1° Que se ha alzado en apelación, la resolución pronunciada con fecha 06 de julio de 2022, por el Séptimo Juzgado Civil, en autos caratulados “KLAMMER con CLÍNICA ALEMANA DE SANTIAGO”, ROL C35888-2019, que no dio a lugar al apercibimiento solicitado por la parte demandante, contemplado en el artículo 394

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