SIN INFORMACION

EN FAVOR DE WILNER COLVERT/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 6 de junio del año en curso, comparece don Emmanuel Bien-Aime, habilitado en derecho, de nacionalidad haitiana, en favor de Wilner Colvert, empleado, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad extranjero Rut 25.432.735-2, domiciliado para este efecto en Pasaje 3 Casa 8 Corvi sur, Graneros, quien interpone recurso de amparo en contra de la Resolución Exenta N°24260616 de fecha 27 de mayo de 2024 del Servicio Nacional de Migraciones, mediante la cual se rechaza su solicitud de residencia definitiva, y se dispone el abandono del país en un plazo de 10 días, de manera ilegal y arbitraria, constituyendo dicha resolución una vulneración a su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 letra A de la Constitución Política de la República, de conformidad a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que en su presentación expuso. Indica que su representado ingreso a Chile, vía aérea con intención de asentarse en el país, y de inmediato realiza todos los trámites de regularización migratoria, busca trabajo para poder mantenerse, lo cual fue bastante rápido, comenzado a trabajar al poco tiempo. Explica que la llegada del amparado a nuestro país no es antojadiza, sino que deviene del complejo panorama económico-social que vivía en su país Haití, por lo que decide viajar en búsqueda una nueva oportunidad laboral y una mejor calidad de vida. Agrega que el amparado ingresó la solicitud de residencia definitiva ante el SERMIG con el N°20978170, proceso al que se dio termino mediante Resolución Exenta N°24260616, de fecha 27 de mayo de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, la que rechaza solicitud de residencia definitiva que indica y dispone abandono del país. Relata que, entre los motivos para el rechazo, se señala en el considerando segundo de dicha resolución: “Que, el solicitante no remite copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva, siendo pertinente rechazar su solicitud en conformidad al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería.” Considera que, la resolución es injusta, toda vez que, el amparado solicitó la residencia cumpliendo con todos los requisitos, sin embargo, por desconocimiento calculó una sanción que no corresponde a lo debido. En este caso, la recurrida podría aplicar una sanción menos grave, no el abandono del país. Agrega que el amparado cuenta con arraigo laboral, se desempeña con contrato indefinido en la empresa Sociedad González Mañes y Cía. Ltda. pagando sus cotizaciones correctamente, contribuyendo al sistema seguridad de país. Previas citas legales, pide tener por interpuesto recurso de amparo, acogerlo, y en definitiva dejar sin efecto la Resolución Exenta N°24260616, de fecha 27 de mayo de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, revocando la orden de abandono y ordenando a la recurrida, en un plazo prudente, emita nuevo pronunciamiento otorgar al amparado un plazo no menos a 60 días o la que estima prudente, para enviar el comprobante pago de la sanción, y luego estudie la situación migratoria del amparado. Con fecha 10 de junio de 2024, comparece don Sebastián Miguel Aguirre Cabello, abogado de la Dirección Regional del Libertador General Bernardo O´Higgins del Servicio Nacional de Migraciones quien procedió a evacuar el respectivo informe, indicando que el amparado, ingresó al país con fecha 17 de febrero de 2016 por el Aeropuerto Comodoro Arturo Merino Benítez, en calidad de turista. Con fecha 9 de mayo de 2016, previa solicitud del extranjero, el ex Departamento de Extranjería y Migraciones mediante Resolución Exenta N° 88927, le otorgó visa temporal por motivos laborales. Agrega que con fecha 25 de septiembre de 2017, el recurrente solicitó

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas la acción constitucional intentada en autos en favor de don Wilner Colvert, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 279-2024 Amparo. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, once de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Con fecha 6 de junio del año en curso, comparece don Emmanuel Bien-Aime, habilitado en derecho, de nacionalidad haitiana, en favor de Wilner Colvert, empleado, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad extranjero Rut 25.432.735-2, domiciliado para este efecto en Pasaje 3 Casa 8 Corvi sur, Graneros, quien interpone recurso de amparo en c

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