JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S. C/ PATRICIO ALEJANDRO MORALES BELLO

Rol

Fecha

11 de junio de 2024

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS ART. 197 Y 198.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por la parte querellante en estrado y compartiendo los argumentos expuestos por la Jueza A Quo, que son concordantes con lo expresado por el Ministerio Público en la audiencia de formalización y por tanto, ello no haría cambiar el requisito de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal,

Fundamentos

considerando la prognosis de pena probable en caso de dictarse sentencia condenatoria, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha tres de junio del año dos mil veinticuatro, transcrita en la carpeta digital, que decretó otras medidas cautelares y mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado PATRICIO ALEJANDRO MORALES BELLO, por peligro de fuga. Notifiquese, comuníquese de inmediato por la vía más expedita y devuélvase la competencia. Rol N° Penal-1071-2024.(jog)

Fallo

por tanto, ello no haría cambiar el requisito de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, considerando la prognosis de pena probable en caso de dictarse sentencia condenatoria, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha tres de junio del año dos mil veinticuatro, transcrita en la carpeta digital, que decretó otras medidas cautelares y mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado PATRICIO ALEJANDRO MORALES BELLO, por peligro de fuga. Notifiquese, comuníquese de inmediato por la vía más expedita y devuélvase la competencia. Rol N° Penal-1071-2024.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, once de junio de dos mil veinticuatro. Al folio N° 7: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTO Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por la parte querellante en estrado y compartiendo los argumentos expuestos por la Jueza A Quo, que son concordantes con lo expresado por el Ministerio Público en la audiencia de formalizac

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