FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S. C/ PATRICIO ALEJANDRO MORALES BELLO
Rol
Fecha
11 de junio de 2024
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS ART. 197 Y 198.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por la parte querellante en estrado y compartiendo los argumentos expuestos por la Jueza A Quo, que son concordantes con lo expresado por el Ministerio Público en la audiencia de formalización y por tanto, ello no haría cambiar el requisito de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal,
Fundamentos
considerando la prognosis de pena probable en caso de dictarse sentencia condenatoria, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha tres de junio del año dos mil veinticuatro, transcrita en la carpeta digital, que decretó otras medidas cautelares y mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado PATRICIO ALEJANDRO MORALES BELLO, por peligro de fuga. Notifiquese, comuníquese de inmediato por la vía más expedita y devuélvase la competencia. Rol N° Penal-1071-2024.(jog)
Fallo
por tanto, ello no haría cambiar el requisito de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, considerando la prognosis de pena probable en caso de dictarse sentencia condenatoria, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha tres de junio del año dos mil veinticuatro, transcrita en la carpeta digital, que decretó otras medidas cautelares y mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado PATRICIO ALEJANDRO MORALES BELLO, por peligro de fuga. Notifiquese, comuníquese de inmediato por la vía más expedita y devuélvase la competencia. Rol N° Penal-1071-2024.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, once de junio de dos mil veinticuatro. Al folio N° 7: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTO Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por la parte querellante en estrado y compartiendo los argumentos expuestos por la Jueza A Quo, que son concordantes con lo expresado por el Ministerio Público en la audiencia de formalizac
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