JUAN MIGUEL GONZALEZ GARCES CON FISCO DE CHILE CDE
Rol
Fecha
10 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia apelada con excepción de sus
Fundamentos
considerandos 14° y 16° que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además presente: 1°) Que por sentencia del 23 de agosto de 2022 se dio lugar a la demanda de indemnización de perjuicios presentada en contra del Fisco de Chile, a quien condenó a pagar la suma de $40.000.000 a don Juan Miguel González Garcés, por concepto de daño moral sufrido, como consecuencia de haber sido detenido en la Base naval de Talcahuano y luego trasladado en la Isla Quiriquina, sufriendo torturas y vejaciones en dicho periodo. Apela la parte demandada, solicitando la revocación del
Fallo
fallo y el rechazo de la demanda en todas sus partes, alegando la improcedencia de la indemnización al haber sido sujeto de los beneficios reparatorios de las Leyes 19.123, 19.234, 19.992 y 20.874 y, por no haberse acogido la excepción de prescripción extintiva de la acción deducida. Pide el rechazo de la indemnización por no estar establecido el daño moral y, en subsidio, se rebaje el monto de la indemnización. Asimismo, cuestiona la forma como se han dispuesto el pago de reajustes e intereses y pide la revocación de la condena en costas. También adhiere a la apelación el propio demandante solicitando se eleve la suma determinada como indemnización a la de $250.000.000 o la que el tribunal determine, más intereses y reajustes. 2°) Que en cuanto al pago realizado conforme a las Leyes 19.123, 19.123, 19234, 1992 y 20874, si bien por dichos cuerpos legales se reconoció en forma explícita la innegable existencia de los daños y se concedió regalías de carácter asistencial o pecuniario a víctimas de delitos de lesa humanidad y también a sus familiares, es lo cierto que tales reparaciones han tenido un carácter general, en procura de una solución uniforme y abstracta, pero recae en conceptos distintos a los demandados en autos, no habiendo incompatibilidad alguna con la que se demanda en esta causa. Por ello, no resulta pertinente entender que dicha ley y demás conexas, se dictaron para reparar el daño moral inferido a las víctimas de atentados a los derechos humanos, ya que se tr
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C.A. de Concepción Luc Concepción, diez de junio de dos mil veinticuatro. Visto: Se reproduce la sentencia apelada con excepción de sus considerandos 14° y 16° que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además presente: 1°) Que por sentencia del 23 de agosto de 2022 se dio lugar a la demanda de indemnización de perjuicios presentada en contra del Fisco de Chile, a quien condenó a pagar la suma d
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