ANONIMIZADO
Rol
Fecha
10 de junio de 2024
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial el certificado del consejero técnico que indica como domicilio de la denunciante el ubicado en la comuna de Pemuco; y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 7, 190 y 191 del Código Orgánico de Tribunales y el artículo 81 de la Ley N°19.968, se dirime la contienda y se declara que es competente para continuar en el conocimiento de la causa el Juzgado de Familia de Yungay, al que deberán remitirse copia de estos autos. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Familia de Peñaflor. Devuélvase vía interconexión. N°569-2024 Familia
Fallo
se declara que es competente para continuar en el conocimiento de la causa el Juzgado de Familia de Yungay, al que deberán remitirse copia de estos autos. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Familia de Peñaflor. Devuélvase vía interconexión. N°569-2024 Familia
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San Miguel, diez de junio de dos mil veinticuatro Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial el certificado del consejero técnico que indica como domicilio de la denunciante el ubicado en la comuna de Pemuco; y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 7, 190 y 191 del Código Orgánico de Tribunales y el artículo 81 de la Ley N°19.968, se dirime la contienda y se de
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