SIN INFORMACION

LUIS ALFONSO MOLINA BUNOT/12° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

10 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Aldo Toso Delgado, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Luis Alfonso Molina Bunor, en contra del 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que desestimó la solicitud de audiencia de cautela de garantías a fin de discutir su traslado de recinto penal. Explica que su representado se encuentra privado de libertad en el CDP Puente Alto, cumpliendo una pena de 8 años de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, con fecha de término de condena el 20 de mayo de 2028. Describe que, durante su encarcelamiento, ha enfrentado múltiples desafíos de salud que deteriorar su calidad de vida. Detalla que ha sido diagnosticado con hipertensión arterial, sobrepeso, tendinopatía en el hombro izquierdo, gonartrosis leve en rodilla derecha y está en observación por un posible síndrome de parkinson. Sostiene que la atención médica ha sido insuficiente y su única familia reside en Limache. Explica que, en ese contexto, el 23 de mayo de 2024 solicitó que se oficiara a Gendarmería de Chile a fin de que se informara, en un plazo de 3 días, sobre la viabilidad de trasladar al amparado al Centro de Detención más cercano a su familia. Añade que, en respuesta, Gendarmería de Chile indicó que, tras analizar los antecedentes de Molina Bunor y otras variables técnico-penitenciarias, se consideraba inconveniente acceder al traslado solicitado, debido a la sobrepoblación del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Limache, los eventuales conflictos territoriales y riñas entre los privados de libertad y el perfil-segmentación del condenado. El 4 de junio del presente año, solicitó una audiencia de cautela de garantías, basada en la situación procesal y las condiciones de salud de su representado. El 5 de junio, el tribunal resolvió no dar lugar a la solicitud de la defensa para fijar la audiencia de cautela de garantías, sin ofrecer al condenado la legítima oportunidad de ser e

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Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala, por el recurso de amparo el abogado Aldo Toso. San Miguel, 10 de junio de 2024. Nicole Bustos Maulén, relatora. San Miguel, diez de junio de dos mil veinticuatro. Al folio 6: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Aldo Toso Delgado, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Luis Alfonso

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