SIN INFORMACION

D.A.F.R./10°JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

10 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Paola Soto Díaz, defensora penal pública, quien deduce acción constitucional de amparo en favor del adolescente de iniciales D.A.F.R., en contra del 10° Juzgado de Garantía de Santiago con motivo de la imposición de la medida de internación provisoria, en los términos del artículo 141 del Código Procesal Penal. Explica que el 28 de mayo de 2024, en causa RIT 1811 – 2022, RUC 2200752725-3, ante el tribunal recurrido se llevó a cabo audiencia de formalización de investigación por los hechos que describe y que el Ministerio Público calificó como el delito de robo con violencia calificado, previsto y sancionado en los artículos 439, 432 y 397 N°2 del Código Penal, en la que se decretó la medida cautelar de internación provisoria respecto del adolescente en carácter de anticipada, en los términos del artículo 141 del Código Procesal Penal. Señala que el ente persecutor solicitó la medida de internación provisoria anticipada, toda vez que el joven, en causa RIT 695-2023, RUC 2201282870-9, seguida ante el Juzgado de Garantía de Colina, mediante procedimiento abreviado de 30 de agosto de 2023, había sido sujeto de una sanción mixta de 2 años y 6 meses de régimen cerrado más 2 años y 6 meses de régimen semicerrado, reconociéndole abonos de 63 días. Indica que se opuso a la medida de internación provisoria, argumentando que su imposición significaría una interpretación “in malam partem” vedada por legislador penal, invocando el artículo 5 del Código Adjetivo y los principios inspiradores del sistema de enjuiciamiento penal. Expone que el tribunal decidió decretar la medida, en los términos del artículo 141 del Código Procesal Penal, que transcribe en su recurso. Plantea que la decisión adoptada es ilegal, por cuanto interpretó extensivamente el artículo 141 del Código Procesal Penal que se refiere a la prisión preventiva anticipada, institución que es diferente de la medida cautelar de internación provisoria d

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Certifico que se anunciaron y alegaron en la Segunda Sala, por el recurso de amparo el abogado Sergio Álvarez y contra el mismo la abogada Magdalena Balat. San Miguel, 10 de junio de 2024. Nicole Bustos Maulén, relatora. San Miguel, diez de junio de dos mil veinticuatro A los folios 6, 7 y 8: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Paola Soto Díaz, defenso

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