LUIS CARLOS SALAZAR ESPINOZA CON POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
8 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 5 de junio de 2024, comparece LUIS CARLOS SALAZAR ESPINOZA, domiciliado en orilla Maule Cabrería, San Javier, quien recurre de amparo contra la Policía de Investigaciones de Chile, solicitando ayuda para permanecer en el país, ya que tiene su familia en Venezuela que depende de él. Señala que en este momento, se encunetra laborando y es una persona responsable y trabajadora. Pide se considere su caso, por la situación actual de su país, no desea regresar. Lleva tres años desde que ingresó por paso no habilitado, por no contar con recursos necesarios, para ingresar por u paso legal. SEGUNDO: Que a folio 4, comparece JUAN DE DIOS CARDEMIL PALACIOS, abogado, mandatario judicial del Servicio Nacional de Migraciones, oponiendo excepción de previo y especial pronunciamiento. Solicita, sea rechazado el presente recurso, debido a que existe un recurso y un procedimiento especial para la adecuada tramitación de expulsiones dictadas por el Servicio Nacional de Migraciones, dispuesto en el artículo 141 de la Ley 21.325, el cual, no fue a interpuesto dentro de los plazos establecidos por ley. Por lo anterior, la Resolución Exenta impugnada por el recurrente no es de aquellas que puedan reclamarse a través de esta vía. Indica que el extranjero incoa el presente recurso de amparo, mediante el cual intenta impugnar la Resolución Exenta N° 18361 de fecha 13 de mayo de 2024. Que la resolución antes mencionada, fue dictada y notificada bajo la vigencia de la Ley 21.325, en consecuencia es pertinente el recurso de reclamación especial de expulsión establecido en el artículo 141 de la Ley 21.325. Por su parte, la expulsión fue notificada bajo la vigencia de la citada ley. Así las cosas, el recurso que le asiste es el recurso especial de reclamación de expulsión, contando con un plazo de 10 días desde la notificación de la resolución de expulsión. Que, el recurrente no utilizó de forma oportuna el mecanismo procesal correspondiente a su situación fáctica. Este razonamiento ha sido el establecido en fallos de la Ilma. Corte de Apelaciones de Rancagua, Rol de Ingreso Amparo 564 – 2023 y Rol de Ingreso Amparo 661 – 2023, ambos confirmados por la Excma. Corte Suprema. Pide tener por interpuesta la excepción del 303 n°6 del Código de Procedimiento Civil, con expresa condena a costas. TERCERO: Que a folio 4, comparece JUAN DE DIOS CARDEMIL PALACIOS, abogado, mandatario judicial del Servicio Nacional de Migraciones, de forma subsisdiaria, evacúa el informe requerido en la presente acción constitucional, solicitando rechazar el presente recurso de amparo, en todas sus partes, puesto que esta parte entiende que la Resolución de Expulsión impugnada ha sido dictado por la autoridad competente, con estricto apego a las normas vigentes en materia migratoria y con suficientes fundamentos y evacua informe requerido en estos autos, solicitando el rechazo puesto que la acción interpuesta es improcedente. Indica que mediante informe policial N° 27
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en Auto Acordado de la Excma. Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, se resuelve: I.- Que SE RECHAZA la excepción de previo y especial pronunciamiento planteada en lo principal de la presentación de folio 4. II.- Que se RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por LUIS CARLOS SALAZAR ESPINOZA, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, en cuanto dictó la resolución que dispuso la expulsión del amparado. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y en su oportunidad archívese. Rol N°269-2024/Amparo.klm
Texto Completo (Preview)
Talca, ocho de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 5 de junio de 2024, comparece LUIS CARLOS SALAZAR ESPINOZA, domiciliado en orilla Maule Cabrería, San Javier, quien recurre de amparo contra la Policía de Investigaciones de Chile, solicitando ayuda para permanecer en el país, ya que tiene su familia en Venezuela que depende de él. Señala que en este momento, se e
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