ANONIMIZADO
Rol
Fecha
12 de junio de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella que rechaza la solicitud de la parte demandada de excepción de pago y que acoge parcialmente la imputación al pago de alimentos, la que no se encuadra en ninguna de las situaciones contempladas en la norma legal citada precedentemente, por lo que el recurso debe ser declarado inadmisible. Por...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SAN/v.p.s. Concepción, doce de junio de dos mil veinticuatro. Visto: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resoluci
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