TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE TEMUCO

C/ MANUEL ALEJANDRO MARTINEZ LOPEZ

Rol

Fecha

10 de junio de 2024

Materia

APREMIOS ILEGITIMOS COMETIDOS POR EMPLEADOS PÚBLICOS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, en estos antecedentes se ha interpuesto recurso de apelación subsidiario, de aquel principal de nulidad también impetrado, por los letrados señores Marcelo Andrés Pizarro Quezada, Abogado Jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de La Araucanía, Constanza Valentina Álamos Vásquez, Abogada de dicha unidad y Patricio Andrés Salinas Gaete, Abogado Defensor Local Jefe de Temuco, todos en calidad de defensores penales públicos, en representación del condenado Manuel Martínez López, respecto de la sentencia recaída en causa seguida bajo el RIT 222-2023, RUC N° 1901134991-1 del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de esta ciudad, dictada con fecha 16 de enero del año en curso, en aquella parte de dicha resolución judicial que no habría concedido al sentenciado ya referido, la imputación al castigo principal de los abonos que se habrían originado por haberse encontrado sujeto a las medidas cautelares de arresto domiciliario parcial y total, y por no emitir pronunciamiento respecto de la aplicación del artículo 38 de la Ley 18.216. Fundan la procedencia de su ejercicio recursivo en la norma contenida en el artículo 37 del cuerpo legal ya referido con inmediata antelación, concretamente precisan que lo atacado es la sección del punto II de la parte resolutiva que dispone que, respecto del abono de la medida cautelar de arresto domiciliario a la que estuvo sujeto el convicto, abonarla únicamente en caso de revocación de la pena sustitutiva concedida, señalando: ..."sí la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta, o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En estos casos, se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a su favor el tiempo de ejecución de dicha pena sustitutiva y los días que permaneció sometido a la medida cautelar de arresto domiciliario en esta causa..”. SEGUNDO: Como b

Fallo

se declara que: Se CONFIRMA lo resuelto en la sentencia de dictada con fecha 16 de enero del año 2024 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad en el RIT 222-2023, RUC N° 1901134991-1, en la sección del punto II de su parte resolutiva que indica, en lo pertinente, que: “sí la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta, o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En estos casos, se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a su favor el tiempo de ejecución de dicha pena sustitutiva y los días que permaneció sometido a la medida cautelar de arresto domiciliario en esta causa”. Redacción del Fiscal Judicial Sr. Juan Bladimiro Santana Soto Notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol Penal Nº 801-2024. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diez de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que, en estos antecedentes se ha interpuesto recurso de apelación subsidiario, de aquel principal de nulidad también impetrado, por los letrados señores Marcelo Andrés Pizarro Quezada, Abogado Jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de La Araucanía, Constanza Valentina Álamos Vásquez, Abogada de dicha un

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica