BANCO SANTANDER CHILE/ESTEFANÍA
Rol
Fecha
7 de junio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
considerandos sexto y séptimo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1° Que la última resolución recaída en gestión útil fue la dictada en el cuaderno de apremio de 4 de agosto de 2021, fecha en que se ordena a la parte demandante “dar estricto cumplimiento a lo resuelto el 01 de julio de 2021”, ocasión esta última en la que se ordenaba “Aclárese por la parte demandante el porcentaje de los derechos que le corresponda al deudor don Marcelo Alfredo Estefanía Baeza, en razón de que el inmueble que se pretende subastar se encuentra a nombre de otros propietarios aparte del deudor de autos.” Con posterioridad, la demandante realizó como gestión conducente, el 16 de febrero de 2022, la petición de desarchivo de la causa a objeto de dar cumplimiento a lo ordenado por resolución de 1 de julio de 2021, el que, sin embargo, no fue proveído de inmediato, sino que sólo el 24 de febrero de 2022, ocasión en la cual además el Tribunal ordenó notificar de conformidad a lo dispuesto en el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil. 2° Que desde esa fecha y hasta cuando se alegó el abandono de procedimiento, el 15 de junio de 2022, transcurrió íntegramente el plazo señalado por el legislador para declarar el abandono solicitado. 3° Que no tiene la virtud de interrumpir este cómputo, la sola petición de desarchivo del proceso que se hizo el 16 de febrero de 2022, toda vez que no se añadió a ella petición alguna que pueda ser calificada de gestión útil.
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo además, a lo prevenido en los artículos 152 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada dictada el uno de julio de dos mil veintidós, por el 14° Juzgado Civil de Santiago, en cuanto por ella se rechazó la petición del abogado Jacob Hales Samur, en representación del demandado don Marcelo Estefanía Baeza y, se declara que se acoge el incidente promovido declarándose abandonado este procedimiento. Devuélvase. N° 10457-2022 Civil. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Carolina Vásquez Acevedo, Celia Catalán Romero y Alondra Castro Jiménez. No firma la ministra Celia Catalán Romero por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus considerandos sexto y séptimo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1° Que la última resolución recaída en gestión útil fue la dictada en el cuaderno de apremio de 4 de agosto de 2021, fecha en que se ordena a la parte demandante “dar estricto cumplimiento a
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