SIN INFORMACION

QUINTERO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION Y OTRO

Rol

Fecha

7 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Bárbara Luz Cardozo Carruyo deduce recurso de protección en favor de don Jesús Hugo Quintero Castellano, cédula de identidad Nro. 25.842.981-8, de nacionalidad venezolana, domiciliado en Avenida Ossa N°350, comuna de La Cisterna, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión en el pronunciamiento de su solicitud de nacionalización. Indica que el recurrente el 15 de noviembre de 2022 solicitó la nacionalización, adjuntando todo los documentos necesarios y vigentes para darle continuidad a este proceso, no habiendo recibido pronunciamiento definitivo sobre su solicitud. Sostiene que las recurridas han vulnerado el principio de celeridad consagrado en la Ley 19.880 y en consecuencia, su derecho de igualdad ante la ley. Solicita que se ordene a las recurridas que se pronuncien definitivamente sobre su solicitud de nacionalidad dentro de un plazo razonable que no exceda de 30 días hábiles. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, señalando que la recurrente solicitó carta de nacionalización el 15 de noviembre de 2022 y que, luego de recibir el informe de la Policía de Investigaciones de Chile y de subsanarse la falta de antecedentes, la tramitación se encuentra en la de Análisis 2 desde el 27 de diciembre de 2023. Explica que la carta de nacionalización es una gracia que se concede en razón del mérito de quien la solicita, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, los que detalla. Sostiene que el artículo 27 de la Ley 19.880, señala que el plazo del procedimiento administrativo podrá ser mayor a 6 meses cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, lo que ha ocurrido en la especie, debido al aumento exponencial de los flujos migratorios hacia el país, proveniente de diversos países, lo cual tuvo por consecuencia un aumento importante en la cantidad de solicitudes recibidas por la autorida

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Jesús Hugo Quintero Castellano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese, comuníquese y archívese N° 2800-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, siete de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Bárbara Luz Cardozo Carruyo deduce recurso de protección en favor de don Jesús Hugo Quintero Castellano, cédula de identidad Nro. 25.842.981-8, de nacionalidad venezolana, domiciliado en Avenida Ossa N°350, comuna de La Cisterna, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y el Ministerio de

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