JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE HUALPEN

BANCO DEL ESTADO DE CHILE CONTRA KEVIN ALEJANDRO COFRE VEAS

Rol

Fecha

7 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMAS, PRESENTE: 1°.- Que en estos antecedentes provenientes del Juzgado de Policía Local de Hualpén, se concedió apelación deducida por la parte querellante y demandante civil en contra de la resolución de 1 de agosto de 2023 por la cual se tuvo por no presentada la querella y demanda civil deducidas al no haberse notificado las mismas en el plazo de 4 meses que acuerda la norma legal del caso. 2°.- Que, revisado el recurso de apelación deducido es posible constatar que en el mismo se hace una serie de menciones a nombres de personas, escritos y resoluciones que no guardan relación con la tramitación de la presente causa y por demás la parte petitoria del recurso deducido hace alusión a que se revoque la resolución en alzada y “...y en su lugar admitir a tramitación la querella infraccional y demanda civil...”; debiendo destacarse que las mismas, esto es, la querella infraccional y demanda civil ya estaban en tramitación y en verdad la resolución que aparecería recurrida resulta ser aquella, como ya se dijo, que tuvo por no presentada sólo la demanda civil. De lo anterior se sigue que no puede dejar de observarse, que el recurso de apelación de la materia no cumple con los estándares mínimos acordes a la realidad de la causa en tramitación, como tampoco su parte petitoria. 3°.- Debe además considerarse de esta forma que los argumentos vertidos en la apelación que se revisa, como lo alegado en estrados, no hacen variar lo reflexionado y decidido por el juez de la instancia. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 9 inciso cuarto de la Ley N°18.287 sobre tramitación ante Juzgados de Policía Local, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución de uno de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Policía Local de Hualpén, en causa rol 506-2023, del ingreso de dicho tribunal. Devuélvase. N°Policia Local-195-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 9 inciso cuarto de la Ley N°18.287 sobre tramitación ante Juzgados de Policía Local, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución de uno de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Policía Local de Hualpén, en causa rol 506-2023, del ingreso de dicho tribunal. Devuélvase. N°Policia Local-195-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CGA/ccv Concepción, siete de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO, ADEMAS, PRESENTE: 1°.- Que en estos antecedentes provenientes del Juzgado de Policía Local de Hualpén, se concedió apelación deducida por la parte querellante y demandante civil en contra de la resolución de 1 de agosto de 2023 por la cual se tuvo por no presentada la querella y demanda civil deducidas

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