VIDAL/FISCALÍA LOCAL DE TALAGANTE
Rol
Fecha
7 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido se desprende que los actos denunciados exceden de las materias que son de conocimiento del recurso de protección, no siendo ésta la vía idónea para resolver la problemática relatada en su libelo, toda vez que se enmarca en asuntos de conocimiento exclusivo del juzgado que sea competente en materia penal y/o del Ministerio Público. A mayor abundamiento, del tenor del recurso deducido no se desprende la existencia de actos u omisiones que constituyan una amenaza o vulneración a la garantía invocada por el recurrente ni un derecho subjetivo, susceptible de ser protegido a través de la presente acción. Por lo que conforme a lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección. Archívese en su oportunidad. Rol N°3534-2024 Prot.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección. Archívese en su oportunidad. Rol N°3534-2024 Prot.
Texto Completo (Preview)
CH3. MVT San Miguel, siete de junio de dos mil veinticuatro. Resolviendo la presentación de folio 1: Vistos y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido se desprende que los actos denunciados exceden de las materias que son de conocimiento del recurso de protección, no siendo ésta la vía idónea para resolver la problemática relatada en su libelo, toda vez que se enmarca en asuntos de co
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