1º JUZGADO DE LETRAS DE TALAGANTE

LEÓN/TRANSPORTE FRANCISCO DOMINGO BULBOA TAMAYO EIRL

Rol

Fecha

7 de junio de 2024

Materia

MONITORIO, COBRO RENTAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se apela de la decisión que rechazó la excepción dilatoria de corrección del procedimiento, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiaria interpuesto en contra de la resolución de catorce de mayo del año en curso, en la causa rol C-1319-2023 del Primer Juzgado de Letras de Talagante. Al escrito folio 3: Estese a lo resuelto precedentemente. Archívese y devuélvase vía interconexión. Rol N°1109-2024 Civil

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiaria interpuesto en contra de la resolución de catorce de mayo del año en curso, en la causa rol C-1319-2023 del Primer Juzgado de Letras de Talagante. Al escrito folio 3: Estese a lo resuelto precedentemente. Archívese y devuélvase vía interconexión. Rol N°1109-2024 Civil

Texto Completo (Preview)

CH (adb) San Miguel, siete de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se apela de la decisión que rechazó la excepción dilatoria de corrección del pro

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