SIN INFORMACION

FUENTES ROJAS LUIS FRANCISCO/CENTRO DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIO COLINA II

Rol

Fecha

7 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que, comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada en representación de Luis Francisco Fuentes Rojas, recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, quien recurre de amparo en contra de Comisión de libertad Condicional por el acto arbitrario e ilegal consistente en Explica que el amparado cumple una condena de 6 años por el delito de tráfico de drogas. El 10 de abril de 2024, comenzó a cumplir su condena y el término está previsto para el 11 de junio de 2024, además cumple con el tiempo mínimo para postular al beneficio y calificación de conducta. En cuanto el argumento del rechazo del beneficio reclama que la Comisión no evaluó correctamente los avances alcanzados por el amparado en relación con su proceso de reinserción puesto que, el motivo de rechazo de la Comisión de Libertad Condicional se funda únicamente en un informe psicosocial que es tan solo uno de los tres requisitos exigidos en el artículo 2º de la norma que regula este beneficio. Concluye solicitando que se acoja el recurso y se ordene la libertad inmediata del amparado. Segundo: Que, evacuando informe, la Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, la Ministra señora Sandra Araya Naranjo, expuso que consta que el recurrente fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II y que por resolución del veintiséis de abril pasado se omitió pronunciamiento respecto a su postulación por haber renunciado voluntariamente al proceso, no sometiéndose a la elaboración del informe psicosocial exigido por el Decreto Ley N°321. La resolución impugnada la cual establece que: “Que se omite pronunciamiento respecto del postulante Luis Francisco Fuentes Rojas, cédula de identidad N°13.713.183- , por cuanto este renunció voluntariamente al proceso de postulación de Libertad Condicional”. Que, se solicitó informe a Gendarmería de Chile en relación con la postulación del amparado, dicha institución informó remitiendo copia del acta de Renuncia a proceso

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Luis Francisco Fuentes Rojas y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-1325-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Primero: Que, comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada en representación de Luis Francisco Fuentes Rojas, recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, quien recurre de amparo en contra de Comisión de libertad Condicional por el acto arbitrario e ilegal consistente en Explica que el amparado c

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